Día de sección en Pedirayudas.com. Hoy damos respuesta a 3 nuevas consultas que nos han hecho nuestros lectores.
Aprovecho para deciros que, si tienes alguna consulta sobre derecho laboral, prestaciones y ayudas, o sobre un despido, ésta es tu sección. Puedes mandarnos un mensaje privado, o dejar tu pregunta en el post de nuestra sección en redes sociales.
Y sin más, comenzamos. Quédate leyendo que seguro alguna te interesa.
Héctor Ábalos
“Hola, buenas, ¿teniendo reconocida un 33 de minusvalía y una incapacidad permanente total puedes cobrar pensión aparte de la de orfandad?”
Hola Héctor, gracias por tu pregunta.
Para contestar a esta pregunta, tendría que ir a tu caso concreto. Aun así, voy a intentar contestarte con los datos que tengo.
Con carácter general, en fecha de fallecimiento del causante los beneficiarios deben ser menores de 21 años o mayores que tengan reducida su capacidad de trabajo en un porcentaje valorado en grado de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez. En tu caso, el porcentaje valorado es de incapacidad permanente total.
En casos de orfandad absoluta (si no viven ninguno de los padres, datos que también desconozco), huérfanos con discapacidad de al menos el 33%, la edad se amplía hasta los 25 años siempre y cuando el huérfano no trabaje o, si lo hace, cobre menos que la cuantía del salario mínimo interprofesional. En este punto, tendría que saber si estás realizando alguna actividad profesional distinta a la que hubieras venido realizando. Punto que también desconozco. Espero que con la información que te he proporcionado y aplicándolo a tus datos personales y profesionales haya podido contestar a tu consulta.
Nuria Arroyo
“¡Buenas tardes! Acabo de tener una hija, no estoy casada, la niña está reconocida por el padre, mi pareja y yo estamos empadronados en diferentes domicilios, los 2 somos trabajadores indefinidos. Quería que me informaran si puede solicitar algún tipo de ayuda. Muchas gracias de antemano. Saludos”.
Hola Nuria, muchas gracias por tu pregunta.
Dentro de las ayudas nacionales, y en función de lo que me has comentado, podrías solicitar alguna de estas ayudas:
Deducción por maternidad para madres trabajadoras
Se trata de una ayuda para madres con hijos menores de 3 años, siempre que estén trabajando y cotizando a la Seguridad Social. Es una prestación que es compatible con otro tipo de ayudas.
El importe de esta ayuda es de 1.200 € por hijo; puedes solicitar cobrar esta prestación mensualmente, que serían 100 € cada mes.
Para poder solicitar esta ayuda, tienes que presentar en la Agencia Tributaria el modelo 140.
En cuanto a las ayudas autonómicas, tendríamos que estar a las ayudas que ofrece tu Comunidad Autónoma. Contacta con un experto para que te pueda proporcionar toda la información que necesites. En este caso, desconozco a qué comunidad autónoma perteneces.
Espero haber contestado a tu pregunta.
Yolanda Jiménez
“Hola Laura, si cobras la paga de los 52 y te aseguran por tres horas cada día de lunes a viernes, ¿puedes cobrar las dos cosas?”
Hola Yolanda, en este caso concreto sí puedes seguir cobrando el subsidio y los ingresos de este trabajo.
Te explico; estamos hablando de 15 horas semanales, que podríamos encuadrarlas en una jornada parcial.
Tendrías dos opciones:
La primera opción es detener totalmente el cobro del subsidio mientras se trabaja. Luego, cuanto el contrato de trabajo haya finalizado, se reanudará el cobro del subsidio que estaba suspendido, con las mismas condiciones que tenías anteriormente.
O, la segunda opción, y es la que te recomiendo, compatibilizar subsidio y contrato a tiempo parcial siempre y cuando los ingresos no superen el tope de rentas individuales.
Espero haber contestado a tu pregunta.