En estos últimos días, nos han consultado multitud de solicitantes del ingreso mínimo vital (IMV). Debido a que la fecha de efectos de su prestación recientemente aprobada, indicaba fechas a partir del día 01/01/2021. Habiendo solicitado esta ayuda a lo largo de 2020.
Este hecho esta causando gran inquietud entre los usuarios de esta ayuda en redes sociales. Ya que en principio, al tener efectos a partir de enero, se podría entender como que no se va a percibir el pago con carácter retroactivo de esta ayuda.
Ante esta situación hemos investigado para averiguar a que se deben estas fechas de efectos. Después de consultar con diversos solicitantes y revisar las aprobaciones, podemos determinar que se trata de un error. Ya que la fecha que nos indicaban, procedía del certificado integrado de prestaciones y no de la notificación con la resolucion.
En caso de que aparezca otra fecha de efectos en la notificación deberemos contactar con el INSS. Para que nos confirmen si se trata de algún error, por parte de la administración.
Fecha efecto en Certificado integrado de Prestaciones:
Es la fecha del día en la que solicitamos dicho informe. En la imagen, podemos ver que hoy se ha revisado y aparece la fecha 24/01/2021. Si lo pedimos mañana aparecerá con fecha de 25/01/2021, y así sucesivamente. NO es la fecha de efectos de esta prestación, es la fecha del día que estamos consultando.
Fecha efectos en Carta Resolución Ingreso Mínimo Vital:
Esta es la fecha desde la que se va a realizar el pago, si se ha presentado solicitud antes del 31/12/2020 aparecerá con fecha de efectos 01/06/2020.
Si hay otra fecha diferente de efectos, habrá un motivo que justifique esa fecha por parte de la Seguridad Social o podría tratarse de un error. Por lo que, como hemos comentado con anterioridad lo mejor es consultar al INSS, para que nos indiquen a que se debe esta fecha distinta de efectos.
Pago con carácter retroactivo
Las solicitudes del IMV presentadas hasta el 31 de diciembre de 2020, se cobrarán con efectos retroactivos desde el 1 de junio, independientemente de cuando sean aprobadas. Siempre que cumplieran todos los requisitos en el momento de la solicitud, sin importar que sean aprobadas con posterioridad al 31 de diciembre de 2020.
Los beneficiarios del IMV, que soliciten esta ayuda en 2021, NO tendrán derecho al pago con carácter retroactivo desde el 01/06/2020. Recordamos que las solicitudes que se presentan en año en curso (2021) nacerán el primer día del mes siguiente de su presentación.
Un articulo realizado en colaboracion con Luisa Hermida