Demanda al ayuntamiento tras caerse en la calle y la Justicia dicta sentencia: su decisión implica un dineral

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de la ciudad de Jerez de la Frontera, Cádiz, ha condenado al Ayuntamiento de la localidad de Ubrique a indemnizar a una de sus vecinas con el pago de 14.500 euros. Esto se debe a que la mujer se cayó en la calle por culpa del pavimento, que se encontraba en mal estado, y además este accidente conllevó que se rompiese uno de los tobillos.

Melinda, nombre ficticio que le daremos a la mujer que sufrió el accidente, caminaba por la calle Fernando Portillo de Ubrique, situada junto al centro de salud el día 12 de octubre de 2021. Durante el paseo, sufrió una fuerte caída en plena calle debida, según se recoge en la sentencia “al mal estado del pavimento”. Esta persona tuvo que ser ingresada en urgencias por una fractura del tobillo derecho y pasó por un tratamiento quirúrgico en dos ocasiones.

El Ayuntamiento desestimó su reclamación

A pesar de lo ocurrido y de los motivos del accidente, el Ayuntamiento de Ubrique, en una resolución de septiembre de 2024, desestimó la reclamación de responsabilidad patrimonial frente a la Administración. De estar manera rechazaba el abono a Melissa de la cantidad reclamada por los daños sufridos, que ascendía a 22.450 euros.

Al conocer la negativa por parte del consistorio, con el asesoramiento de profesionales, Melissa no dudó en presentar una demanda contra el mismo. El recurso recayó sobre el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Jerez de la Frontera, bajo la magistratura de María Elena Rivas Lucena. Este juzgado, en su sentencia 146/2025, tomaba la decisión de estimar las pretensiones de la mujer accidentada en las calles de la localidad gaditana. Por tanto, condenó al Ayuntamiento por su falta de diligencia en el cuidado de las calles del pueblo.

El Ayuntamiento de Ubrique, el responsable del accidente

La sentencia, en su exposición, lo dejó claro: “Las lesiones de la actora se produjeron como consecuencia de una caída en vía pública, ante una acera en mal estado”. Una acera que, añade, “por la ubicación, en un cruce de esquina, la dimensión del acerado, la distinta altura, era imprevisible para el peatón asegurar la normal deambulación sin riesgos imprevisibles. Y por tanto inevitable”.

El mal mantenimiento del acerado por parte del Ayuntamiento del municipio de Ubrique, de acuerdo con la jurisprudencia, sí es responsabilidad de la Administración, que no vigiló “el estado de la vía pública” y esto provocó “un riesgo que superó los ordinarios estándares de seguridad”.

Todo esto le fue suficiente al juzgado para poder acreditar “acredita el nexo de causalidad entre la responsabilidad de la Administración y las lesiones sufridas por la recurrente”, tal y como se dice en el fallo. Esta responsabilidad fue la que llevó al Ayuntamiento a estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo.

Por tanto, se dictó una indemnización de 14.450,88 euros para Melinda, una cifra que se extrae del periodo de baja laboral sufrido, que sumó un total de 223 días de perjuicio moderado, valorado en 13.546 euros. Además, se sumaron 904,88 euros por las cicatrices quirúrgicas que presentó, consideradas de escasa relevancia estética.

Este condena sobre el Ayuntamiento de Ubrique, debido a la cuantía, no permite interponer recurso de apelación. Asimismo, deja claro que los ayuntamientos son los que deben velar por la seguridad de las grandes ciudades y municipios. La justicia remarca la importancia de tener todo en las mejores condiciones posibles para evitar daños a los vecinos, tanto físicos como laborales, y de paso evitar un gasto extra para las arcas municipales.