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En la actualidad se está fomentando el recurso dentro de la Ley de Dependencia de la figura del Asistente Personal.
Esta figura que pertenece a una de las prestaciones económicas de la ley de Dependencia tiene como finalidad la promoción de la autonomía de las personas con diversidad funcional en situación de dependencia en cualquiera de sus grados 3, 2 o 1, con el objetivo de facilitar a la persona beneficiaria el acceso a la educación o al trabajo y su inclusión y participación social en los términos previstos en la Convención de Naciones Unidas de Derechos de las Personas con Discapacidad
Tipos de Asistente Personal
La figura puede clasificarse en dos tipos en función de la edad de la persona solicitante de la prestación.
- Persona de Asistencia Terapéutica Infantil (PATI) para menores de 18 años.
- Persona de Asistencia para personas entre 18 y 64 años
Requisitos de acceso
La persona solicitante debe haber sido valorada en cualquiera de los grados de situación de dependencia.
- Debe tener cumplidos los 3 años de edad hasta los 65 años.
- Tener un proyecto de vida independiente, en el caso de las personas beneficiarias menores, que recoja las necesidades del/la niño/a, entendiéndose como tal el proyecto de intervención orientado a fomentar su autonomía personal , comunicación , relaciones sociales y en definitiva su futura vida independiente.
- Cuando se trate de una persona mayor de edad, tener un proyecto de vida independiente a través del acceso a la educación y/o al trabajo y la inclusión y participación en la comunidad. Que la persona tenga capacidad por sí misma, para autogobernarse, controlar su vida, tomar decisiones
- El proyecto de vida independiente es un documento unitario para cada persona que solicita la prestación, con independencia del número de asistentes personales (hasta 3) . En él se determinan las características y condiciones del servicio acordadas por ambas partes.
- Para poder acceder a este recurso el PIA (plan individualizado de atención ) debe prescribir la idoneidad de esta prestación.
- Que formalicen un contrato laboral con la persona de asistencia personal o un contrato de prestación de este servicio con entidad jurídica o persona profesional autónoma, prestadora del servicio acreditada.
Requisitos del asistente personal
- La persona encargada de la asistencia deberá reunir y acreditar los siguientes requisitos
- Ser mayor de edad y estar empadronado en la Comunidad Valenciana
- Reunir las condiciones de capacidad e idoneidad para desarrollar las funciones del asistente personal , que valorará la persona usuaria y ratificará Servicios Sociales Generales en el primer informe de seguimiento.
- Presentar los servicios mediante contrato laboral
- No ser cónyuge, ni tener relación análoga , hijo , hija, padre o madre asi como acogedoras , ni parientes por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado con la persona beneficiaria.
- En el caso del Asistente personal infantil tener el certificado negativo de registro de delincuentes sexuales.
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Contar cualquiera de las siguientes titulaciones:
- Técnico en Atención a personas en Situación de Dependencia , regulado por el Real Decreto 1593/2011 de 4 de noviembre.
- Técnico superior en Integración Social
- Certificado de Profesionalidad de Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes en instituciones sociales o domicilio, o en su caso con otro certificado que se publique con los mismos efectos profesionales
- Licenciatura en Medicina
- Grado en Enfermeria, Psicología, Logopedia, Fisioterapia, Educación Social, Magisterio de Educación Especial, Trabajo Social , Terapia Ocupacional.
Qué no es la figura de Asistente Personal
Resulta importante mencionar que esta figura no ejerce tareas de cuidados ni labor terapéutica, para estos aspectos existen otras prestaciones y recursos dentro de la Ley de Dependencia dirigidos a atender y cubrir estas necesidades.
La prestación de asistencia personal consiste en que la personal profesional proporcione soporte de autonomía ejerciendo tareas de apoyo en actividades básicas de la vida diaria, acompañamiento educativo dentro del aula , ocio y tiempo libre , comunicación, participación comunitaria y ámbito laboral.