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En este artículo vamos a hablar de la institución de la tutela, una medida de protección dirigida a menores de edad no emancipados que no se encuentran bajo el cuidado de la potestad parental. Quédate leyendo porque traigo mucha información al respecto.
¿Qué es la tutela?
La tutela es una institución que pretende garantizar el bienestar del tutelado y, por ello, la legislación vigente ha establecido los mecanismos pertinentes para su control y buen funcionamiento.
En otras palabras, la tutela es una relación legal que permite que una persona natural o jurídica se haga responsable por otra.
Designación de tutor legal
La designación del tutor es una potestad que solo tiene la autoridad judicial. Será el Juez quien entienda que el proceso el que nombre al tutor. Al tiempo, el tutor tomará posesión del cargo ante el Juzgado o Tribunal correspondiente. Y es ante este órgano donde dará cuenta de sus acciones. Este órgano será el que supervise su labor y el que tendrá que controlar las acciones derivadas del mismo.
¿Quién puede asumir el cargo de tutor?
El Código Civil, en su artículo 234, indica las personas que pueden ser nombradas tutores. El orden para su nombramiento sería el siguiente:
- Puede ser nombrado tutor aquella persona que sea designada por el propio tutelado.
- El cónyuge que convive con la persona a tutelar.
- Los padres del objeto de tutela o las personas que lo hayan indicado en su última voluntad.
- Cualquier descendiente, ascendiente o hermano que sea determinado por un juez.
Obligaciones y funciones del tutor
La persona que es nombrada tutor debe cumplir una serie de obligaciones, las cuales te detallo a continuación:
- Debe tratar el tutelado con consideración, existiendo un respeto entre ambos.
- Debe educar al tutelado y ofrecerle la formación necesaria de acuerdo con su edad y situación.
- Informará acerca de los cambios relevantes que tengan que ver con la persona tutelada: cambio de lugar de residencia, situación personal, estado de salud.
- Informar al juzgado de la situación económica del tutelado de manera anual.
- Debe hacer inventario del patrimonio del tutelado en un plazo de dos meses a partir de la toma de posesión del cargo de tutor.
¿Qué no puede hacer un tutor sin autorización judicial?
El Código Civil también especifica que los órganos judiciales tienen la obligación de proteger al tutelado de las acciones de su tutor. Por ello, exige a este una autorización judicial previa que, en todo caso, dará prioridad al interés del tutelado a la hora de llevar a cabo cualquiera de estos actos:
- Vender, donar o ceder la propiedad de cualquier bien inmueble o mercantil o que tenga que ver con derechos industriales o de propiedad intelectual.
- Vender, donar o ceder derechos reales.
- Renunciar a herencias, donaciones o legados.
- Renunciar a créditos.
- Otorgar derechos de garantía (fianzas, avales, etc.) sobre obligaciones de terceros.
- Firmar contratos de alquiler sobre sus propiedades por un período superior a 15 años.
- Cancelar cuentas en portales digitales.
- Constituir, escindir, fusionar o disolver sociedades.
¿Cuándo finaliza la tutela?
Y terminamos diciendo que la tutela de una persona puede finalizar en varios casos, por ejemplo, cuando el menor cumple la mayoría de edad. Ocurre lo mismo en caso de fallecimiento de la persona dependiente o en caso de que la persona encargada de la tutela no pueda continuar ejerciendo como tal (en cuyo caso, deberá avisar al juez para que esta sea asumida por otra persona).
En cualquier caso, cuando la tutela haya finalizado, la persona que ha ejercido como tutor debe presentar ante el juzgado un informe que recibe el nombre de rendición de cuentas. Este informe debe ser presentado desde el momento de cese o finalización de la tutela en un plazo máximo de tres meses.