Un despido es la pérdida involuntaria del trabajo, en consecuencia de una causa que el empresario deberá justificar y probar, debiendo llevarse a cabo por los cauces establecidos en el Estatuto de los Trabajadores.
En este artículo vamos a ver, de manera general, los distintos tipos de despido regulados en la legislación laboral y sus respectivas indemnizaciones.
Despido colectivo
El Estatuto de los Trabajadores establece, en su artículo 51.1, que “ se entenderá por despido colectivo la extinción de contratos de trabajo fundada en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción cuando, en un período de noventa días, la extinción afecte a:
- Diez trabajadores, en empresas que ocupen menos de cien trabajadores.
- El diez por ciento del número de trabajadores de la empresa en aquéllas que ocupen entre cien y trescientos trabajadores.
- Treinta trabajadores en las empresas que ocupen más de trescientos trabajadores”.
Indemnización
20 días por año trabajado, hasta un máximo de 12 mensualidades (o proporción según tiempo trabajado).
Despido objetivo
El despido objetivo permite a un empresario reducir su plantilla de trabajadores por alguna de las causas previstas en el Estatuto de los Trabajadores.
En caso de despido por causas objetivas, el trabajador tiene derecho a cobrar una indemnización, ya que es una forma de extinción del contrato laboral que no se produce por hechos graves imputables al empleado.
El empresario tiene que acreditar la causa de despido objetivo, en caso contrario, el despido será improcedente. Si logra acreditar la causa podrá extinguir la relación laboral.
Te interesa
[tie_list type=»checklist»]
- Estas son las diferencias entre finiquito e indemnización
- Calendario laboral de 2024: puentes y días festivos
- ¿Puede mi empresa obligarme a trabajar en Navidad en 2023?
- Síguenos en redes: Facebook, Whatsapp, Telegram, Twitter, Instagram y Google Noticias.
[/tie_list]
Causas de despido objetivo
Según el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores las causas que justifican el despido objetivo son las siguientes:
- Ineptitud sobrevenida del trabajador
- Falta de adaptación
- Causas económicas, técnicas, organizativas o productivas
- Falta de organización suficiente
Indemnización
20 días por año trabajado, hasta un máximo de 12 mensualidades (o proporción según tiempo trabajado).
Despido disciplinario
El despido disciplinario es la decisión del empresario de poner fin a una relación laboral cuando el trabajador incumple de forma grave y reiterada sus obligaciones laborales.
Se trata de una forma de extinción de la relación laboral por hechos graves realizados por el propio trabajador.
Indemnización
Si el despido es realizado correctamente, no se tiene derecho a indemnización.