Trabajar más de 200 horas extra sin recibir ni un euro por ellas no solo es injusto, también es ilegal, tal y como podemos en la última sentencia del Juzgado de lo Social n.º 35 de Barcelona, que ha dado la razón a una trabajadora despedida tras realizar 215 horas extraordinarias no pagadas. La empresa no solo incumplió con su obligación de pagar ese exceso en la jornada de la trabajadora, sino que además no presentó el registro horario ni compareció en el juicio, lo cual llevó a un resultado bastante claro: una condena firme por vulneración de derechos laborales.
El tribunal ha condenado a la empresa de confitería a pagar a la empleada un total de 2.191,85 euros, más un 10 % de interés moratorio anual; y, tal y como ya hemos adelantado, todo el caso se sostuvo en la ausencia del registro horario y en la incomparecencia de la empresa, lo que obviamente jugó en su contra. La Justicia ha entendido que si nadie demuestra lo contrario, hay que dar por buenas las horas extra que reclama la trabajadora.
200 horas extra no abonadas como causa principal de esta sentencia
La afectada en este caso es una ayudante de una empresa de pastelería, la cual tenía un salario bruto de 1.473,75 euros mensuales y trabajaba 45 horas a la semana y, aunque su convenio permitía cierta flexibilidad en lo relacionado con el horario laboral, eso desde luego no justificaba que se le acumulasen más de 200 horas extra sin que estas se le hayan pagado en su sueldo o sin que haya tenido una compensación. La trabajadora fue despedida en enero de 2023 y decidió denunciar a la empresa ante los tribunales, pero no fue por el despido en sí, sino porque decidió exigir el pago de las 215 horas extra acumuladas. Ante la falta de acuerdo en el momento de la conciliación, llevó el caso a juicio.
Durante la vista, la empresa ni siquiera se presentó, lo que hizo que el tribunal considerase que estaba conforme a los hechos expuestos por la trabajadora, un poco como lo que dice el refrán de “quien calla, otorga”. La magistrada que llevaba el caso se apoyó en la normativa vigente, en concreto en el Real Decreto-ley 8/2019, el cual obliga a todas las empresas a llevar un registro de horario fiable y accesible, por lo que al no aportarlo, se dio por hecho que las 200 horas extra existieron.
Por qué es obligatorio para las empresas llevar un registro del horario
Desde 2019, todas las empresas están obligadas a llevar un control diario de las horas trabajadas, algo que tiene como finalidad el evitar ciertos abusos como el ocurrido en este caso. No llevar ese registro implica que en caso de conflicto judicial, la balanza se incline hacia la versión del trabajador.
La sentencia recoge que la empresa no presentó ninguna prueba que invalidasen las alegaciones de la empleada, ya que ni justificó el despido ni demostró que esas horas extra hubieran sido abonadas o que no hubiesen existido, hecho que finalmente hizo que el tribunal diese por válida la cantidad reclamada de 2.191,85 euros, que equivalen a la cuantía de 13,59 euros por hora extra.
El mensaje que ha lanzado la Justicia ha quedado bastante claro
Por desgracia, este caso no es aislado. Cada vez más trabajadores denuncian situaciones similares, en las que acumulan horas extra al año que finalmente no quedan reflejadas en la nómina y que muchas veces no reclaman, ya sea por miedo a perder el empleo o simplemente por desconocimiento de sus derechos laborales. Pero la legislación laboral con esta sentencia y con muchas otras de este tipo ha dejado claro que ninguna hora extra debe quedarse sin remunerar o sin compensación en descanso.
Este fallo judicial podría marcar un antes y un después en sectores como el de la alimentación, donde la temporalidad y la falta de inspecciones facilitan que se sobrepasen las jornadas legales; por lo que podríamos decir que las 200 horas extra se han convertido aquí en el símbolo de una precariedad que empieza a ser denunciada por los trabajadores y penada por los tribunales.