Como todos, o la mayoría de nosotros, pudimos leer en los últimos días, nuestro Gobierno pretendía a partir del próximo 17 de junio, la entrada en vigor de una modificación en el art. 56 del Código Civil. Por medio de este artículo, se pretendía que al igual que las personas con una discapacidad mental, aquellas que padecen una discapacidad sensorial (visual o auditiva) precisarán de un dictamen médico que les autorizase para contraer matrimonio.
Desde el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) se tacho está medida como anticonstitucional, proponiendo que el citado artículo dictara que:
Quienes deseen contraer matrimonio acreditarán previamente en acta o expediente tramitado conforme a la legislación del Registro Civil, que reúnen los requisitos de capacidad y la inexistencia de impedimentos o su dispensa, de acuerdo con lo previsto en este Código. Las personas con discapacidad que precisen apoyos para la toma de decisiones no podrán ser excluidas por motivo de su discapacidad del derecho a contraer matrimonio, siendo obligación de las autoridades y funcionarios que intervienen es estos procedimientos proveer de los apoyos necesarios para la formación y emisión de su consentimiento.
Después de la propuesta del CERMI, y afortunadamente, la entrada en vigor de dicha modificación ha sido anulada, de forma que las personas que padezcan una discapacidad sensorial no precisaran del consentimiento médico para casarse libremente.
Desde Pedirayudas.com pretendemos, a la vez de defender el derecho de toda persona a contraer matrimonio de forma libre, como refleja el art. 32 de la Constitución Española; reflexionar sobre cómo viven las personas con algún tipo de discapacidad las relaciones afectivas y la importancia que éstas tienen en la normalización de su día a día.
¿En qué tipo de discapacidad nos vamos a centrar?
Es importante remarcar que, más allá de los estereotipos existentes en nuestra sociedad, no existe ningún tipo de discapacidad que impida sentir amor hacia otras personas y mantener una relación afectiva con alguien. La “imposibilidad” procede de nuestros propios prejuicios, y es que, si de normal ya nos cuesta hablar sobre temas sentimentales, cuando se trata de las personas con algún tipo de discapacidad del tema del amor parece más bien una utopía.
No obstante, como veníamos diciendo, todas las personas tenemos la capacidad de sentir amor. No obstante, parece que, dentro de las personas con discapacidad, estas relaciones son más aceptadas cuando la discapacidad es física o cuando es sobrevenida, es decir, teniendo ya pareja aparece la discapacidad.
Por ello, en el presente artículo, y a pesar de la polémica que se ha creado con discapacidades físicas o sensoriales, vamos a centrarnos en las relaciones afectivas y/o sexuales de las personas que padecen una discapacidad intelectual y que, por tanto, sí que requieren de un dictamen médico sobre su capacidad para expresar el consentimiento del matrimonio.
Todas las acciones llevadas a cabo dentro de este tema desde años atrás se han centrado en el ámbito sexual, dejando de lado la parte más sentimental. Esto es debido a que dichas acciones han estado marcadas por la corriente eugenista (movimiento político e ideológico que predica una mejora cualitativa, biológica, “natural” de la población), de forma que la preocupación se ha centrado en evitar que las personas con discapacidad intelectual tuvieran descendencia. Asimismo, las diferentes acciones llevadas a cabo con esta población se han centrado en su inclusión dentro de la comunidad, olvidando sus necesidades afectivo-sexuales.
Desarrollo afectivo-sexual en personas con discapacidad intelectual
Las personas con discapacidad intelectual, como hemos dicho anteriormente, poseen las mismas necesidades socioafectivas y sexuales que el resto, aunque, por sus propias limitaciones o por la falta de oportunidades de que disponen, no tienen las mismas posibilidades de resolverlas. Esto se debe principalmente a:
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Tener restringido el acceso a entornos normalizados.
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Convivir con actitudes sobreprotectoras de sus familiares, dificultando el establecimiento de relaciones interpersonales normalizadas.
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No dispones de modelos positivos cercanos.
Como consecuencia de ello, las personas con discapacidad intelectual tienen un déficit en conocimientos, experiencias, habilidades y actitudes sobre las relaciones afectivas y sexuales; además, pueden desarrollar expectativas no ajustadas con la realidad sobre las mismas, provenientes en su mayoría de los medios de comunicación, los cuentos, las novelas, películas,…
Para que el desarrollo de este colectivo se produzca de forma adecuada, las actitudes de la sociedad, los profesionales y los familiares son un aspecto clave. Por ejemplo, si seguimos pensando que proporcionar programas de educación afectivo-sexual a este colectivo es un error en tanto que despertará su sexualidad, estaremos cometiendo el error de reprimir algo que es natural en todas las personas o, lo que no sé si es mucho más grave, permitiendo que ocurra sin que hayan tenido acceso a la información necesaria para vivir el amor y la sexualidad de forma correcta.
Es decir, la intervención que desde la familia o desde el ámbito profesional se debe realizar no es otra que proporcionar la información adecuada a su posibilidad de comprensión para que vivan de forma libre tanto sus relaciones afectivas como su sexualidad. Debemos olvidarnos de mensajes de aceptación de la esterilización, de intentar privarles de descendencia o, en general, tener actitudes sobreprotectoras que limiten el desarrollo de este ámbito de sus vidas.
¿Cómo es la conducta afectivo-sexual de las personas con discapacidad intelectual?
No cabe duda que las relaciones afectivas y sexuales son importantes en la vida de cualquier persona. Y es que todo ser humano es un ser sexuado, siendo su conducta sexual la forma de asumir y de vivir el hecho de ser sexuado. Nacemos con la necesidad primaria de contacto corporal placentero, y la necesidad de tocar y ser tocados, acariciar y ser acariciados nos empuja a buscar el contacto con otras personas.
La mayoría de los estudios referentes a la sexualidad (entendida como afectividad, apego y desarrollo sexual; no sólo genitalidad o coito) de las personas con discapacidad intelectual se han centrado en los comportamientos inapropiados, el abuso, la victimización o cuestiones relacionadas con la reproducción; todo ello como consecuencia de las falsas creencias existentes en torno a la sexualidad de este colectivo.
Algo claro es las dificultades que con frecuencia encuentran para resolver adecuadamente sus necesidades interpersonales y de intimidad afectivo-sexual. Muchas de estas dificultades son producto de los diferentes prejuicios existentes, siendo los más comunes:
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No deben tener actividad sexual.
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Son personas asexuadas.
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No resultan atractivas sexualmente a otras personas (lo que si se piensa bien, es producto de todos los prejuicios existentes en torno a la discapacidad).
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Todas las personas con una discapacidad intelectual tienen los mismos intereses sexuales.
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Son incapaces de mantener una relación afectiva, no pueden no deben tener hijos-
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La educación sexual despierta su sexualidad dormida.
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Poseen una sexualidad exacerbada, con conductas de carácter hipersexual.
La conducta sexual de estas personas se ve limitada como consecuencia de sus condiciones de socialización y de las oportunidades que poseen para relacionarse con iguales en situaciones normalizadas. De hecho, y creo que como consecuencia de las carencias en la socialización, se ha señalado la masturbación como una de las conductas sexuales más frecuentes de este colectivo. No obstante, es importante aclarar que la sexualidad de estas personas no tiene una especificidad definida, estando ésta en que sus capacidades mentales, sus características emocionales y su historia de comportamientos condicionan la vivencia de su sexualidad.
Afortunadamente, parece que la percepción social sobre la sexualidad de las personas con discapacidad intelectual comienza a cambiar hacia puntos de vista más positivos; de modo que en países como Suiza, Dinamarca, Suecia o Alemania, la asistencia sexual para personas con discapacidad se considera un servicio de salud, estando subvencionado por el Estado.
Amor y relaciones de pareja
Algunos estudios han puesto de manifiesto la falta de diferencias entre personas con discapacidad o sin discapacidad respecto al tipo de relación amorosa que desean; aunque, como ya hemos mencionado anteriormente, en el caso de la discapacidad intelectual, sí que se observa una mayor idealización del amor. Además, se observa que, en cuanto a la selección de la pareja que les gustaría, las personas sin discapacidad si que enfatizan más áreas como la intimidad o el atractivo físico.
Los diferentes estudios muestran que las personas con discapacidad intelectual describen las relaciones de pareja por: los sentimientos de intimidad, el atractivo físico con la pareja, el deseo de compromiso, las expectativas de poder casarse y tener hijos, salir juntos y disfrutar del tiempo juntos, compartir intereses, hacer planes conjuntos de futuro, etc.
Por tanto, queda claro que este colectivo tiene la misma capacidad para amar y ser amados que cualquier otra persona, aunque quizás puedan necesitar algún apoyo para llevar a cabo una vida en pareja normalizada, los cuales pueden ser proporcionados a través de programas de educación afectivo-sexual orientados a satisfacer sus necesidades.