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¿Dónde puedo consultar la resolución del Tribunal Médico sobre una incapacidad permanente?

por Redacción
18 de noviembre de 2022

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Desde la realización de la solicitud de incapacidad permanente, el INSS dispone de un plazo de 135 días hábiles para ofrecer una resolución al respecto. Si pasado dicho periodo la persona solicitante no recibe ningún tipo de comunicación, la solicitud se entiende como denegada por silencio administrativo.

En caso de no estar conforme con la resolución o si la resolución resulta denegada, la parte interesada tiene la posibilidad de realizar una reclamación previa al INSS. Dispone de 30 días hábiles para presentar dicha reclamación desde la comunicación del INSS o desde el momento en el que se entiende la solicitud como denegada por silencio administrativo.

Resolución por parte del Tribunal Médico

Cuando se produce la resolución definitiva, el INSS mandará una carta certificada al domicilio facilitado por la persona interesada, en el que se recogerá la decisión sobre la pensión de incapacidad permanente. En caso de solicitud aceptada, en dicho documento se indica el grado de incapacidad reconocido, la cuantía de pensión que corresponde y la fecha de revisión.

No obstante, antes de que tenga lugar dicha resolución, es habitual que el INSS mande un aviso a la parte interesada a través de SMS. Es a partir de ese momento cuando se puede consultar la resolución del Tribunal Médico o EVI (Equipo de Valoración de Incapacidades).

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Pasos para obtener tu expediente

Este equipo de expertos indica que «antes, puedes averiguar el estado de tu expediente de incapacidad permanente a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. El primer paso es pinchar en el botón de color naranja (‘Obtener acceso’), y no cambiar la preselección del desplegable, de modo que aparezca la opción ‘En nombre propio’.

Después de llevar a cabo el paso indicado anteriormente, el sistema trasladará al usuario a una nueva pantalla, en la que deberá identificarse para su correcto acceso. Esta identificación se puede realizar a través de Certificado Digital, DNI Electrónico o Registro en Cl@ve permanente. Superado este paso, es necesario acceder a la Plataforma de Autentificación.

El usuario observará que el sistema lo ha redirigido a la Sede Electrónica ‘Tu Seguridad Social’, donde podrá leer el siguiente mensaje: ‘Estas son las gestiones que has realizado hasta el momento’.

Así, tendrá la posibilidad de consultar el estado y los detalles específicos de cada uno de estos procedimientos, aunque no se podrán establecer modificaciones. De esta forma, el usuario tendrá acceso para comprobar si se han producido novedades con respecto a su solicitud de pensión de incapacidad permanente.

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