Se clava una espina de pescado trabajando y la Justicia le reconoce una incapacidad: estos son los argumentos del tribunal

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha reconocido la incapacidad permanente parcial a una trabajadora de Mercadona, concretamente de la sección de pescadería, por un accidente laboral que tuvo al clavarse una espina de pescado en la mano mientras realizaba tareas de limpieza. Después de varias intervenciones quirúrgicas, la empleada presentó limitaciones funcionales que afectan su capacidad para trabajar. Tras una intensa lucha en los tribunales, la justicia le dio la razón y le reconoció que tras este accidente se redujo su capacidad laboral, afectándole sobre todo a las tareas propias de su profesión habitual.

De baja por incapacidad tras el accidente

De acuerdo a la sentencia, la empleada de pescadería de Mercadona en ese momento, 25 de marzo de 2019, retiró las escamas de un pescado con un escamador, la herramienta impactó contra una espina que no había quitado y se la clavó en el nudillo del tercer dedo de la mano derecha. Después del accidente de trabajo, la trabajadora tuvo que estar de baja médica por incapacidad temporada, siendo FREMAP la que asumió dicha asistencia. Tras varias curas y visitas al fisioterapia, la lesión no mejoró, por lo que se tuvo que someter a varias intervenciones quirúrgicas para extirpar restos de la espina y liberar el nervio afectado.

Aunque tuvo altas médicas en 2020 y 2022, el dolor crónico, la rigidez y la pérdida de fuerza en la mano derecha seguía y dificultaba su trabajo en la sección de pescadería. Mercadona intentó readaptar su puesto de trabajo restringiendo el uso de cuchillos y la manipulación de cargas pesadas, pero sus limitaciones persistieron, impidiéndole realizar tareas esenciales de su trabajo.

Demanda en los juzgados

En el año 2020, FREMAP le propuso recibir una indemnización de 750 euros por las lesiones permanentes no invalidantes, cantidad que se elevó a los 1.080 euros en 2022, pero la trabajadora las consideró insuficientes pues que sus secuelas comprometían de forma importante su capacidad laboral. A pesar de que intentó solicitar la incapacidad permanente parcial, la Seguridad Social no dio respuesta. En 2021 puso una reclamación previa que fue desestimada y debido a ello decidió presentar una demanda ante los juzgados contra la Seguridad Social, FREMAP y Mercadona. En la misma solicitaba el reconocimiento de la incapacidad permanente parcial derivada del accidente laboral.

Las lesiones no le permitían trabajar como antes

Cuando el caso llegó a los juzgados de Santiago de Compostela, la empleada de Mercadona mostró informes médico que acreditaban las secuelas funcionales que padecía en su mano derecha, su extremidad dominante, incluyendo rigidez articular, pérdida de fuerza, dolor crónico e hinchazón. También acreditó que estas limitaciones le impedían realizar tareas esenciales en su puesto, como por ejemplo manipular cargas pesadas, el uso de instrumentos de corte y trabajar en ambientes fríos.

Por todo ello, el Juzgado de lo Social de Santiago de Compostela le dio la razón, reconociendo a la trabajadora su derecho a la incapacidad permanente parcial. La sentencia dice que las secuelas producidas en el accidente redujeron su capacidad laboral, afectándole sobre todo a las tareas propias de su profesión habitual. Aunque FREMAP interpuso recurso, alegando que las limitaciones no eran suficientemente graves, el TSJ desestimó su recurso.

En cuanto a la incapacidad permanente, hay que recordar que no es una pensión de carácter vitalicio que se cobra mes a mes, algo que sí ocurre cuando es total, absoluta o la gran invalidez. En el caso de la empleada de Mercadona, se realizará un pago único y la cuantía estará basada en las 24 últimas mensualidades de la base reguladora utilizada para determinar el subsidio de incapacidad temporal.