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Este es el salario que debe cobrar una empleada del hogar, según indica la Seguridad Social

por Redacción
18 de octubre de 2022

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El Gobierno de España, a través del Real Decreto-Ley 16/2022, de 6 de septiembre, ha aprobado una nueva ley para mejorar las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras empleadas del hogar.

Con la nueva normativa, la Seguridad Social equipara las condiciones laborales de las empleadas del hogar al resto de trabajadores por cuenta ajena en el ámbito laboral. Por lo que a partir del 1 de octubre podrán acceder a las prestaciones o subsidios por desempleo, algo que hasta ahora no era posible.

Además, los empleadores deberán justificar el motivo de la finalización del contrato de trabajo de una persona trabajadora empleada del hogar. Es decir, se introducen diferentes elementos para mejorar la situación laboral de este colectivo y también se incorporan diferentes elementos para potenciar la protección en situación de desempleo.

Desde la Seguridad Social explican que el contrato entre el empleador y la persona trabajadora del hogar debe efectuarse por escrito. En caso de que no sea así, dicho contrato se entenderá como indefinido y a jornada completa, salvo que pueda acreditarse lo contrario. Además, es obligatorio dar de alta a una persona empleada del hogar en la Seguridad Social, pudiendo acarrear diferentes sanciones el no hacerlo.

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Nueva normativa

Con la nueva normativa, el salario de una persona empleada del hogar debe ajustarse, como mínimo al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente. En la actualidad, el SMI es de 1.000 euros al mes en 14 pagas al año y de 1.666,67 euros al mes en 12 pagas durante el año.

En el caso de que la retribución se realice por horas, el SMI se establece en 7,29 euros la hora. Si incluye vacaciones asciende a 7,82 euros la hora. Así, el salario de una persona empleada del hogar debe ajustarse a estos parámetros.

En cuanto a la cotización para cobrar la prestación contributiva por desempleo, desde la Seguridad Social exponen que la cotización por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) será obligatoria para las personas empleadoras y empleadas del hogar a partir del 1 de octubre de 2022, es decir, la base de cotización al desempleo se corresponde a las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

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