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¿Sabías que te pueden quitar el Ingreso Mínimo Vital (IMV)? En este artículo te explicamos el motivo por el que puede suceder esto.
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) tiene un objetivo claro en España: prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas o familias que carecen de recursos económicos para cubrir sus necesidades básicas.
La Seguridad Social se ocupa de su aprobación y de asignar una cuantía a los beneficiarios en función de sus ingresos, pero también puede quitar su cobro si no se cumplen unos requisitos determinados.
Para poder convertirse en beneficiario, es necesario presentar una solicitud a la Seguridad Social, que dispone de un plazo máximo de seis meses para resolver la petición. La administración suele tardar una media de dos meses en emitir una respuesta de aprobación o rechazo, tal y como señalan en la Sede Electrónica de la administración. No obstante, el INSS resolverá todas las peticiones, aunque hayan pasado más de seis meses desde que se presentaron. El silencio administrativo se entiende como rechazo.
¿Por qué te pueden quitar el Ingreso Mínimo Vital?
La Seguridad Social explica en su web que el Ingreso Mínimo Vital (IMV) solo se mantendrá si siguen existiendo los motivos que dieron lugar a su concesión y se cumplen las obligaciones. Por tanto, este no es indefinido y la administración te lo puede quitar de manera temporal o incluso extinguirlo de forma definitiva.
La suspensión se produce desde el primer día del mes siguiente en el que se conoce la razón para ello. Y se mantiene hasta que vuelven a reunirse los requisitos. Si pasa un año desde la suspensión, se considera extinguido, es decir, se pierde definitivamente. Las causas para que haya una suspensión temporal son las siguientes:
- No se cumplen los requisitos esenciales de manera temporal.
- Tanto el beneficiario, como las personas que conviven con él no cumplen temporalmente alguna de las obligaciones para recibir la prestación.
- Se puede suspender de manera cautelar cuando haya indicios de que no se cumplen las obligaciones o requisitos, el receptor se muda al extranjero por menos de 90 días sin avisar a la Seguridad Social, o no se entregan a tiempo las comunicaciones de mantenimiento o modificación de los certificados emitidos por servicios sociales u organizaciones del tercer sector.
- No se presenta la Declaración de la Renta durante dos ejercicios consecutivos.
- Se excede de los límites de renta y patrimonio establecidos.
- Puede haber otras causas definidas en las regulaciones correspondientes.
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¿Por qué me pueden quitar el Ingreso Mínimo Vital definitivamente?
En el peor de los casos, la Seguridad Social puede extinguir el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Esto es, quitarlo definitivamente. Esto puede hacerlo a partir del primer día del mes siguiente a la fecha en que se resuelva la causa de extinción por estas razones:
- La suspensión se mantiene durante un año.
- Dejan de reunirse alguna de las condiciones para recibir la ayuda.
- Renunciar voluntariamente.
- Fallece el titular.
- Trasladarse al extranjero sin informar a la Seguridad Social o permanecer fuera de España sin justificación por más de 90 días.
- Incumplir las condiciones para compatibilizar con el desarrollo de un trabajo por cuenta propia o ajena.
- Por resoluciones derivadas de un proceso sancionador.
¿Cuál es la cuantía del Ingreso Mínimo Vital en 2023?
Al tratarse de una renta garantizada, el Ingreso Mínimo Vital (IMV) será diferente para cada persona, al poder compaginarse con otras rentas como sueldos, pensiones o prestaciones por desempleo. Así como variar según la situación de la unidad de convivencia a la que se pertenece. Además, desde el 1 de enero de 2023, la cuantía registra un aumento del 8,5%, como aprobó el Gobierno de España, por lo que queda de esta forma:
- Adulto: 6.401 euros anuales.
- Adulto y un menor: 9.729 euros anuales.
- Adulto y dos menores: 10.737 euros anuales.
- Adulto y tres menores: 13.570 euros anuales.
- Dos adultos: 8.321 euros anuales.
- Dos adultos y un menor: 10.241 euros anuales.
- Dos adultos y dos menores: 12.162 euros anuales.
- Dos adultos y tres menores o más: 14.082 euros anuales.
- Tres adultos: 10.241 euros anuales de IMV.
- Tres adultos y un menor: 12.162 euros anuales.
- Tres adultos y dos menores o más: 14.082 euros anuales.
- Cuatro adultos: 12.162 euros anuales.
- Cuatro adultos y un niño: 14.082 euros anuales.