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En el año 2020 entró en vigor la Ley del Ingreso Mínimo Vital (IMV), la cual ha estado en continua modificación.
El Ingreso Mínimo Vital es una ayuda económica destinada a aquellas personas o familias que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica.
Este tipo de ayuda no se restringe para ningún colectivo, es decir, que lo puede solicitar cualquier persona por lo que los autónomos si pueden solicitarla.
Si eres autónomo y quieres solicitarla debes tener en cuenta que para poder acceder a ella debes cumplir con los requisitos y en la práctica no es sencillo. Ya que se trata de una cuantía económica que se entrega a personas que están en una situación económica especialmente complicada.
A modo de ejemplo, si eres autónomo pero tienes unos ingresos muy bajos y dispones de patrimonio de una segunda vivienda a tu nombre, no podrías solicitar el IMV.
Los elevados costes del autónomo
Además, hay que tener en cuenta que permanecer de alta en el RETA y seguir llevando a cabo una actividad profesional tiene unos costes. En consecuencia, aquellos autónomos que están atravesando dificultades económicas graves no suelen mantener su condición durante demasiado tiempo.
Lo que suelen hacer es darse de baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y pasar a cobrar el cese de actividad si es que han cotizado lo suficiente para ello. Por eso, cuando estas personas solicitan el IMV, ya no lo hacen como autónomos sino como desempleados.
A pesar de lo difícil que es para un autónomo acreditar que su situación económica ha llegado a un punto tan complicado que necesita ayuda pública para poder subsistir, es importante saber que esta ayuda está ahí y que se puede solicitar en caso de ser necesario. Porque que sea complicado acceder a ella no quiere decir que sea imposible. Es mejor intentarlo, aunque la respuesta sea negativa, que dejar pasar la posibilidad de acceder al IMV cuando realmente se tiene necesidad de él.
Tres requisitos básicos
Los tres requisitos básicos para solicitarlo son:
- El cumplimiento de los umbrales de renta establecidos.
- Tener una edad comprendida entre los 23 y los 65 años.
- Haber estado viviendo, como mínimo, un año legalmente en España (este último criterio no se tiene en cuenta si se es víctima de violencia de género o explotación sexual).
Además, hay que cumplir los requisitos de nacionalidad, edad, búsqueda de empleo y patrimoniales; habrá que tener unos ingresos mensuales por debajo de la renta garantizada para su tipo de hogar y un patrimonio máximo por debajo del permitido en su tramo.
Nuevas cuantías del IMV en 2022
Como ya te he comentado con anterioridad, el Ingreso Mínimo Vital (IMV) se revalorizará un 3% en 2022.
Las nuevas cuantías de la renta garantizada para cada tipo de hogar quedan de la siguiente forma:
- Un adulto: 5.899,60 euros anuales
- Un adulto y un menor: 8.967,39 euros anuales
- Un adulto y dos menores: 10.737,27 euros anuales
- Un adulto y 3 o más menores: 12.507,15 euros anuales
- Dos adultos: 7.669,48 euros anuales
- Dos adultos y un menor: 9.439,36 euros anuales
- Dos adultos y dos menores: 11.209,24 euros anuales
- Dos adultos y 3 o más menores: 12.979,12 euros anuales
- Tres adultos: 9.439,36 euros anuales
- Tres adultos y un menor: 11.209,24 euros anuales
- Tres adultos y dos o más menores: 12.979,12 euros anuales
- Cuatro adultos: 11.29,24 euros anuales
- Cuatro adultos y un menor: 12.979,12 euros anuales
- Otros: 12.979,12 euros anuales
Solicitud
Dicha solicitud es muy sencilla y la puedes realizar a través de la sede electrónica de la seguridad social.
La mejor forma de saber si se puede tener derecho a acceder al IMV es utilizar el simulador virtual de la Seguridad Social.