Puede que muchos no sepan qué es el concepto de “jubilación flexible” o quizás lo hayan oído ligeramente, pero lo cierto es que a pesar de llevar varios años disponible, tan solo unas 3.000 personas la han solicitado desde que se encuentra vigente, un número bajísimo que, gracias a una serie de cambios que la Seguridad Social ha llevado desde el pasado martes 1 de abril de 2025, podrían hacer que todo esto cambiara y se volviera una modalidad de retiro mucho más atractiva para quienes se encuentran cerca o en los primeros años de su jubilación, de forma que puedan compatibilizar más fácilmente la pensión y el trabajo.
La gran novedad es que ahora la jubilación flexible permitirá ampliar la jornada de quienes decidan seguir activos tras jubilarse, y se está negociando la posibilidad de añadir incentivos económicos para quienes se acojan a ella, algo en lo que el Ministerio de Inclusión y los otros agentes sociales interesados en este tema llevaban trabajando un tiempo debido a su interés en prolongar el tiempo que los españoles se mantienen activos en el mercado laboral.
Qué implica hoy la jubilación flexible
Al referirnos a la jubilación flexible, estamos hablando de una opción en la que se les permite a los trabajadores el cobrar la pensión por jubilación a la vez que se tiene un trabajo a tiempo parcial, opción que hasta ahora muy pocos tenían en cuenta debido a las incompatibilidades a las que se debían enfrentar o a que no les salía a cuenta. Hasta ahora, la Seguridad Social permitía trabajar entre el 25% y el 75% de la jornada habitual, ajustando la pensión de forma proporcional.
El problema principal, tal y como ya hemos hecho mención, es que las condiciones eran tan rígidas y los beneficios tan escasos, que apenas resultaba atractiva, a lo que encima había que sumarle el desconocimiento generalizado de esta modalidad y de sus características, así como de ciertas incompatibilidades que hacían que muchas personas directamente no pudieran optar por la jubilación flexible.
Qué ha cambiado en la jubilación flexible a partir de abril de 2025
Una de las primeras medidas o cambios que ha llevado a cabo la Seguridad Social es el de ajustar el porcentaje de jornada que se le permite trabajar al interesado en esta modalidad, además de que poco a poco va a ir introduciendo una serie de incentivos para hacerla más atractiva y que más gente opte por esta vía.
Además, el Ministerio está trabajando con sindicatos y patronal para modificar el actual régimen de compatibilidades e incompatibilidades, una de las barreras más importantes hasta ahora. Entre otras cosas, se estudia que la jubilación flexible pueda combinarse con determinadas bonificaciones fiscales o compensaciones por prolongar la vida laboral, algo que muchos trabajadores llevan tiempo reclamando.
Desde UGT ya han señalado que están analizando las propuestas y valorando fórmulas que se ajusten mejor a la realidad actual, en la que muchas personas no quieren cortar de raíz con su vida laboral, pero tampoco desean mantener el ritmo completo de años anteriores.
Algunas de las incompatibilidades que aún persisten
Pese a la nueva orientación de la jubilación flexible, siguen existiendo algunas incompatibilidades importantes, como por ejemplo, que no podrá combinarse con una pensión de incapacidad permanente derivada de la nueva actividad laboral. Sin embargo, sí será compatible con bajas temporales o permisos por maternidad, siempre y cuando estén relacionadas con el nuevo empleo a tiempo parcial.
Aparte de los trabajadores que hemos mencionado, tampoco podrán acceder a esta modalidad los funcionarios del Estado, los miembros de las Fuerzas Armadas ni el personal judicial, ya que sus regímenes especiales no lo contemplan.