Todas aquellas personas que realizaron el servicio militar obligatorio deben saber que ese periodo puede ser de ayuda para acceder a la jubilación anticipada. La Seguridad Social reconoce hasta un año para adelantar la edad, siempre que se acredite de forma correcta con el certificado correspondiente. Para conseguirlo, lo primero es pedir el certificado en la Delegación del Ministerio de Defensa y después presentarlo junto al DNI en las oficinas del Ministerio para evitar retrasos en la tramitación.
Esta etapa no computará, de cara a la jubilación voluntaria o involuntaria, como vida laboral, pero sí puede rebajar la edad de retiro si se cumplen ciertos requisitos y se presenta el certificado de Defensa con antelación.
Un máximo de un año
La normativa permite reconocer hasta un máximo de un año por haber realizado el servicio militar obligatorio en las modalidades anticipadas, ya sean de carácter voluntario o involuntario. Es un complemento a los años realmente cotizados, no sustituye cotizaciones pero suma para cumplir con las condiciones de acceso y adelantar la edad.
Por tanto, si hiciste la mili, ese tiempo puede darte el empujón que te hace falta para jubilarte antes de la edad ordinaria siempre que se acredite ante la Seguridad Social.
Las fechas clave y el impacto en la jubilación
Para poner en situación a todas aquellas personas que compaginaron la mili y sus primeros pasos en el ámbito laboral hay que recordar varios hitos que afectaron a toda una generación:
- Se establece la incorporación al servicio militar a los 18 años, coincidiendo con la entrada al mercado laboral.
- La edad de incorporación al servicio militar pasa a los 19 años e impacta en la interrupción en la entrada al mercado laboral.
- Se suprime la obligatoriedad del servicio militar y es el fin del cómputo potencial de nuevos periodos.
Esto ayuda a explicar los motivos por los que muchas carreras empezaron con una pausa y por ello la normativa contempla reconocer este periodo para adelantar la jubilación, dentro del límite de un año.
La solicitud del certificado de Defensa
El reconocimiento exige acreditación ante la Seguridad Social. Lo primero que hay que hacer es pedir el certificado en la Delegación del Ministerio de Defensa. Cuando se obtenga, presentarlo con antelación junto al DNI en las oficinas habilitadas del Ministerio para evitar retrasos en la tramitación.
Los requisitos mínimos de cotización y condiciones para obtener la jubilación anticipada
Desde la Seguridad Social se informa que entre los requisitos destaca el de “30 años (se computará como cotizado a la Seguridad Social el periodo de prestación del servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria, con el límite máximo de un año) sin que se tenga en cuenta, a tales efectos, la parte proporcional por pagas extraordinarias ni el abono de años y días de cotización por cotizaciones anteriores a 1-1-67”.
Además, para la jubilación anticipada hay que cumplir con estas condiciones clave:
- Encontrarse en situación de alta o asimilada de alta.
- Tener 61 años de edad real (sin bonificaciones por actividades específicas o por discapacidad igual o superior al 45%).
- Acreditar, mínimo, 30 años de cotización efectiva. Dentro de los últimos 15 años anteriores al cese de la obligación de cotizar, haber cotizado al menos dos. Dentro del Sistema Especial para los Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios se deben, acreditar al menos 6 años de los últimos 10. En cuanto a los contratos de tiempo parcial, las reglas del último Decreto aplicable.
- Estar inscrito como demandante de empleo durante, al menos, los 6 meses anteriores a la solicitud.
- Que el cese en el trabajo no se haya producido por libre voluntad del trabajador.




