Desde el pasado mes de enero de 2025, la Seguridad Social ha ampliado el acceso a la pensión de orfandad, permitiendo que los mayores de 52 años también puedan beneficiarse de esta ayuda, aunque solo en una serie de situaciones muy concretas. Se trata de una medida que responde a la necesidad de ofrecer cobertura social a un colectivo que, en muchos casos, atraviesa importantes dificultades económicas y laborales pero, como suele ocurrir con estas iniciativas, no todos podrán acceder a ella. Para que te quede claro quiénes pueden cobrar esta pensión de orfandad, te lo explicamos a continuación.
Lo primero que hay que saber es que esta ampliación no afecta a todos los mayores de 52 años, sino únicamente a aquellos que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica, por lo que para acceder a esta pensión de orfandad, será necesario no tener ingresos superiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de 16.576 euros anuales, no estar percibiendo otra pensión contributiva y, en caso de estar trabajando, que el salario sea inferior a esa cantidad.
¿Cuáles son los requisitos para acceder a la pensión de orfandad si tienes más de 52 años?
La verdad es que este anuncio ha sido como agua de mayo para muchas personas que se encontraban en una situación bastante delicada, pero es muy importante que si vas a solicitar que te paguen la pensión de orfandad y tienes más de 52 años, sepas perfectamente cuáles son los requisitos para no llevarse sorpresas en el último momento. A continuación te explicamos en detalle cuáles son los requisitos principales para poder optar a esta ampliación de la pensión de orfandad.
Requisitos generales
- Como ya hemos mencionado, el primer requisito y más importante es que el solicitante se encuentre en una situación económica vulnerable, es decir, que sus ingresos no superen el SMI anual (16.576 euros en 2025) o que no recibas ninguna otra prestación contributiva.
- En segundo lugar, es imprescindible que vivas legalmente en España.
- Aparte de todo lo anterior, también se mirarán las cotizaciones del progenitor fallecido, las cuales deben ser de al menos 15 años a lo largo de su vida laboral.
Estos requisitos se suman a los tradicionales que ya existían para cobrar la pensión de orfandad en otros grupos de edad, como el caso de menores de 21 años o personas de hasta 25 años que siguen estudiando y no tienen ingresos propios. Asimismo, las personas con discapacidad absoluta pueden acceder a esta prestación sin límite de edad.
¿Cuánto se cobra con la nueva pensión de orfandad para mayores de 52 años?
Al igual que en otro tipo de prestaciones, las cantidades que vayas a recibir dependerán de la base reguladora del progenitor que haya fallecido, aunque normalmente este suele rondar el 20% de la misma. Durante este 2025, las cuantías mínimas han cambiado, por lo que nos encontraremos con que si tan solo uno de tus padres ha muerto (lo que se conoce como orfandad simple), recibirás 267,50 euros al mes; mientras que en el caso de que ya lo hayan hecho ambos (orfandad absoluta), la cuantía ascenderá a los 930 euros mensuales.
Es muy importante que recuerdes que la pensión de orfandad consta de 14 pagas anuales, en las que se incluyen dos pagas extra que se abonarán en junio y noviembre.
¿Cómo solicitar la pensión de orfandad en estos casos?
Podrás en cualquier oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o a través de su sede electrónica presentando los siguientes documentos:
- La solicitud de Prestaciones de Supervivencia, la cual te puedes descargar en la web del INSS.
- El DNI del solicitante.
- El certificado de defunción del progenitor fallecido.
- El libro de familia o cualquier otro documento que acredite el vínculo.
- El certificado de empadronamiento.
- Los justificantes de ingresos actuales, tales como nóminas, extractos bancarios u otros documentos del SEPE en caso de que se reciba alguna ayuda.
Una vez presentada la solicitud, la Seguridad Social emitirá una resolución que llegará por correo postal, especificando si la pensión ha sido aprobada o denegada.