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Tras la reforma, la pensión de viudedad ha subido en 2022 unos 18,5 euros de media al mes, lo que llevará su pensión a superar los 760 euros de media.
En este artículo vamos a hablar de las nuevas cuantías, los requisitos para acceder a esta pensión y quiénes tienen derecho a cobrarla.
Cuantías mínimas en este tipo de pensión
Las pensiones de viudedad varían en función de diversos criterios, como si se tienen hijos al cargo o la edad de la persona viuda. Teniendo en cuenta esto, y según los datos publicados por la Seguridad Social, estas son las cuantías mínimas para la pensión de viudedad en 2022, repartido en 14 pagas:
|
Criterios |
Cuantía mensual |
Cuantía anual |
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Con cargas familiares |
821,83 euros |
11.505,62 euros |
|
Mayores de 65 años |
710,39 euros |
9.945,46 euros |
|
Discapacidad superior al 65% |
710,39 euros |
9.945,62 euros |
|
Personas entre 60 y 64 años |
673,93 euros |
9.435,02 euros |
|
Personas menores de 60 años |
538,18 euros |
7.534,52 euros |
Para todas las pensiones de viudedad que no sean mínimas, la subida a aplicar será del 2,5%.
Requisitos para acceder a esta pensión
Para acceder a la pensión de viudedad es necesario cumplir con ciertos requisitos, tanto el fallecido como el beneficiario de la pensión:
- Estar dado de alta en el régimen general o en situación asimilada.
- Haber cotizado en los cinco años anteriores al deceso al menos 500 días. Sin estar dado de alta se deben acreditar al menos 15 años cotizados.
- Percibir una pensión de jubilación contributiva o tener derecho a ella en el momento de fallecer sin haberla solicitado.
- Tener una incapacidad permanente y cobrar una pensión.
- Percibir un subsidio por incapacidad temporal, riesgo en el embarazo, maternidad, paternidad o riesgo en la lactancia y cumplir el período de cotización para dichos casos.
¿Quién tiene derecho a cobrar la pensión de viudedad?
Tienen derecho a cobrar la pensión de viudedad:
- Aquellas personas cuyo cónyuge ha fallecido y que cuentan con hijos en común.
- La persona divorciada o separada judicialmente del fallecido que recibiera una pensión compensatoria que se extinguiera con el fallecimiento.
- La pareja de hecho del fallecido legalmente inscrita.