Las distintas pensiones que puedes pedir si tienes una incapacidad en 2025

El hecho de sufrir una incapacidad es algo que nos puede afectar a la hora de trabajar o de realizar ciertas tareas de nuestro día a día, por lo que aquellos que se encuentran en esta situación reciben una serie de ayudas económicas que compensan la pérdida de ingresos o las necesidades económicas resultantes de esta circunstancia.

La Seguridad Social reconoce una serie de pensiones justo con ese objetivo, las cuales aunque puedan parecer iguales no lo son, ya que dependen del grado de incapacidad que te reconozcan, teniendo debido a esto acceso a una u otra prestación. En este artículo veremos justo eso, por lo que si te encuentras en esta situación vas a disponer de toda la información disponible a tu alcance.

Los diferentes tipos de pensiones por incapacidad en 2025

La Seguridad Social ha establecido varios niveles dentro de las pensiones por incapacidad permanente, cada uno adaptado a la gravedad de la situación de la persona afectada, y para determinar cuál te corresponde, deberás hacer frente a un tribunal médico que evaluará tu caso particular en base a los informes clínicos y las pruebas médicas que te hayan realizado. Dichos niveles son los siguientes:

  1. Incapacidad Permanente Parcial: este grado se reconoce cuando tu rendimiento en tu trabajo o profesión habitual disminuye al menos un 33%, pero sigues pudiendo trabajar. En este caso, no recibirás una pensión mensual, sino una indemnización única equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora.
  2. Incapacidad Permanente Total: en este caso, no puedes desarrollar tu profesión habitual, aunque sí que puedes trabajar en otra diferente, como por ejemplo alguien con problemas de espalda que deje de ser mozo de almacén y se pase al área administrativa. En este grado, la Seguridad Social concede una pensión equivalente al 55% de la base reguladora, porcentaje que puede aumentar al 75% si tienes más de 55 años y justificas de alguna forma que te está siendo muy difícil acceder a otro empleo.
  3. Incapacidad Permanente Absoluta: la pensión para este caso se concede cuando no puedes ejercer ninguna actividad profesional, por lo que al no poder tener ingresos externos, la prestación de la Seguridad Social es del 100% de la base reguladora.
  4. Gran Invalidez: este es, por desgracia, es el grado más grave de todos, reconociéndola a quienes no solo no pueden volver trabajar, sino que añadido a esto necesitan la ayuda de otra persona para las actividades esenciales de la vida, como vestirse, comer o desplazarse. Además de la pensión base, la Seguridad Social incluye un complemento económico precisamente para cubrir ese gasto extra por la asistencia de otra persona.

Pensiones no contributivas: la única opción si no has cotizado lo suficiente

Como es lógico y común a la hora de recibir cualquier prestación por parte del Estado, ya sea al cobrar el paro, al jubilarte o, como es este caso, debido a una incapacidad, una de las cuestiones que más nos pueden preocupar es la de si no hemos cotizado lo suficiente para poder acceder a una pensión, sobre todo el miedo de quedarse sin nada. No te preocupes porque no te vas a quedar desamparado, ya que existen las pensiones no contributivas por invalidez, las cuales tienen como objetivo las personas que, debido al motivo que sea, no han podido cotizar lo suficiente para optar a una prestación contributiva.

Al igual que en el caso anterior, para las pensiones no contributivas por invalidez también se diferencian en distintos grados, dependiendo la cuantía que se va a recibir del porcentaje de discapacidad. En caso de que la persona sufra un 65% o más de discapacidad y sus ingresos no superen ciertos límites, la cuantía anual de esta prestación se sitúa en 7.905,80 euros; mientras que si el porcentaje es superior al 75% y se necesita ayuda para las actividades básicas del día a día, se puede acceder a un complemento adicional de 3.952,90 euros al año.