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Has estado de baja y te preguntas si estando de baja estás cotizando para la pensión de jubilación. En este artículo te lo explicamos.
La cuantía de la pensión de jubilación se determina aplicando a la base reguladora el porcentaje general que corresponda en función de los años que haya cotizado la persona. En su caso, también el porcentaje adicional por prolongación de la vida laboral, cuando se acceda al retiro con una edad superior a la ordinaria vigente en cada momento y el coeficiente reductor que corresponda.
El cálculo de la pensión de jubilación depende de las circunstancias personales y de la trayectoria profesional de cada persona. Uno de los aspectos que influye a la hora de realizar este cálculo es la baja laboral, que algunos trabajadores se ven obligados a pedir por diferentes motivos.
Cabe recordar, que en 2023, la edad legal de jubilación es de 66 años y cuatro meses, siempre que se haya cotizado durante al menos 37 años y nueve meses. Estos afortunados podrán cobrar el 100% de su pensión. Si se superan los años cotizados antes de los 66, los trabajadores podrán empezar a cobrar su pensión a los 65 años.
¿Se cotiza para la jubilación estando de baja? ¿Qué bajas cotizan?
Siguiendo con lo que dice la normativa, todos los casos en los que se cotice se tendrán en cuenta para calcular la pensión de jubilación, independientemente que correspondan a un periodo de baja laboral o se esté en activo.
En concreto, las situaciones que computan a la hora de determinar esta cuantía son:
- Situaciones de riesgo durante el embarazo o la lactancia natural.
- Períodos de descanso por maternidad o paternidad.
- Mientras se cumplen deberes de carácter público.
- Incapacidad temporal: enfermedad común y laboral, accidente no laboral o profesional.
Todos estos supuestos de baja se computarán, a no ser que se descubran irregularidades.
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La incapacidad permanente
Pasado el tiempo correspondiente a la incapacidad temporal, si el trabajador no ha mejorado, ni tiene un diagnóstico favorable, puede ser declarado en situación de incapacidad permanente.
En este momento, la cotización del trabajador a la Seguridad Social se termina, y el afectado recibirá una prestación que puede alcanzar hasta el 75% de la base reguladora de la pensión de jubilación.
¿Cómo afecta a mi pensión el tiempo que no he cotizado?
Una vez aclarado que estando de baja podemos cotizar para la jubilación, nos preguntamos, ¿Y cuando no hemos cotizado? Las personas que hayan pasado un tiempo desempleadas, y, por tanto, sin cotizar, podrían ver como su pensión se ve afectada por estas lagunas de cotización, pero todo depende de en qué Régimen se esté adscrito.
Para intentar paliar los efectos negativos de esta situación, la Seguridad Social tiene una serie de reglas para que los periodos de cotizar se integren con unas cotizaciones ficticias:
- Las primeras 48 mensualidades sin cotización se integrarán con la base mínima de entre todas las existentes en cada momento. Si hubiera más de 48 mensualidades, el resto de mensualidades se integrarán con el 50% de esa base mínima.
- A aquellas personas a las que resulte aplicable la legislación anterior a la Ley 27/2011, estas lagunas de cotización se integrarán con la base mínima de cotización vigente en cada momento.
Eso sí, esta fórmula no podrían utilizarla los autónomos, trabajadoras del hogar o del Régimen Agrario. En este caso, las bases de esos meses tendrán un valor cero.