Ya está abierto el plazo de solicitud del “Cheque familiar“, la deducción de 1.200€ en el IRPF o la ayuda de 100€ al mes.
Padres y madres separados, divorciados o solteros con hijos, pensionistas y parados, familias numerosas con hijos o padres con discapacidad y madres trabajadoras son algunos de los colectivos que pueden solicitarlo.
Aquí puedes averiguar cómo solicitarlo y consultar todos los requisitos, plazos, la documentación a aportar y la cuantía para solicitar el cheque familiar.
Las deducciones son acumulables, excepto la de familia numerosa y familia monoparental con dos hijos, que son alternativas, y se calculan de forma proporcional al número de meses en que se cumplan los requisitos.
La solicitud del pago anticipado se puede realizar de manera individual o colectiva, en su caso, mediante la presentación del modelo 143, por cada una de las deducciones a las que tengan derecho los beneficiarios (100 euros mensuales por familia numerosa, familia monoparental con dos hijos a su cargo, y por cada descendiente y ascendiente con discapacidad; 200 euros en el caso de familias numerosas de categoría especial).
Procedimiento para la solicitud del pago
Una vez cumplimentado, el modelo de solicitud se puede presentar por internet en la web de la Agencia Tributaria www.agenciatributaria.es mediante Clave PIN, DNI electrónico o certificado digital. La solicitud también se puede formalizar en el teléfono 901 200 345 y en cualquier oficina de la Agencia, previa cumplimentación en la web de la Agencia Tributaria del formulario 143, impresión y firma por parte de todos los solicitantes.
Cuando existan varios beneficiarios de una misma deducción, el abono anticipado se solicita de manera colectiva o individual, elección que se podrá modificar para las distintas deducciones en enero de cada año.
En el caso de la solicitud colectiva, deben suscribir la solicitud todos los solicitantes que pudieran tener derecho a la deducción. Quien figure como primer solicitante debe cumplir los requisitos para el abono de la deducción en el momento en que se presente la solicitud y será quien reciba la transferencia bancaria mensual. Si los beneficiarios optan, en cambio, por la solicitud individual, el importe de la deducción se divide entre los distintos solicitantes por partes iguales.
Requisitos
- Título de familia numerosa y/o certificado de discapacidad: los solicitantes deben comprobar que cuentan con la documentación acreditativa de familia numerosa y el certificado de discapacidad del ascendiente o descendiente.
- Número de Identificación Fiscal (NIF) de todos los solicitantes que figuren en la solicitud, así como de los descendientes y ascendientes con discapacidad. Para menores de 14 años que no cuenten con NIF se puede solicitar un NIF con la letra ‘K’ de menores en las oficinas de la Agencia Tributaria.
- Alta en la Seguridad Social o mutualidad y plazos mínimos de cotización (en las solicitudes colectivas basta con que el requisito lo cumpla quien figure como primer solicitante), excepto pensionistas y desempleados.
¿Quienes pueden beneficiarse de las ayudas?
Podrán beneficiarse del cheque familiar las familias monoparentales con al menos dos hijos y los desempleados o pensionistas que tengan a su cargo a una familia numerosa o a una persona con discapacidad.
Documentación necesaria
- El modelo 143 (se puede entregar tanto a través de la sede electrónica si se cuenta con el DNI electrónico, como en las sedes de la Agencia Tributaria).
- El título de familia numerosa y el certificado de discapacidad emitido por su Comunidad Autónoma.
- El código IBAN de la cuenta bancaria de la que sea titular el beneficiario.
- La información personal de cada solicitante (NIF)
- Hay que señalar el tipo de deducción a la que el solicitante quiera acogerse (por familia numerosa, por descendientes con discapacidad a cargo…). Hay que tener en cuenta que hay que presentar una solicitud por cada deducción a la que pueda tener derecho.
Cómo subsanar errores
Los solicitantes que han presentado con errores formales el modelo 143 podrán agilizar el cobro por internet o teléfono llamando al 901 200 345 y completar la solicitud ya presentada o, en su caso, sustituirla por una nueva.
En el caso de las sustituciones, podrán aprovechar la ampliación en un mes, hasta el 31 de marzo, del plazo dispuesto para solicitar el pago anticipado y tener derecho al cobro mes a mes con efectos desde el pasado enero. Por tanto, todos los solicitantes podrán tener acceso a los pagos de enero, febrero y marzo si presentan la solicitud antes de final de marzo.
Plazo para solicitar la ayuda
Desde el 3 de febrero de 2017. Aquellas familias que lo soliciten recibirán con carácter retroactivo las cantidades que se les adeuden desde el comienzo de 2017. El pago anticipado puede solicitarse desde el pasado 3 de febrero hasta el 31 de Marzo.
Cuantía de las ayudas
La cuantía de este cheque familiar es de 1.200 euros al año, 100 euros al mes.
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