Concepto
Conjunto de ayudas económicas individualizadas no periódicas destinadas a paliar situaciones extraordinarias o circunstanciales, que debido a su gravedad deben de ser atendidas en un breve plazo de tiempo, para evitar un deterioro grave de la situación y facilitar la superación de la crisis puntual en la que se encuentre.
Beneficiarios
Serán beneficiarios de este programa aquellas personas que residan en los municipios menores de 20.000 habitantes, que carezcan de recursos económicos suficientes y de los medios necesarios para hacer frente a necesidades básicas originadas por situaciones extremas, que de no atenderlas podrían derivar en otros problemas mayores o incluso en situaciones de marginación y exclusión social.
Tipos de necesidades
- Necesidades básicas: adquisición de alimentos, ropa, calzado, productos de aseo e higiene doméstica, así como medicamentos que requerirán en todo caso de prescripción médica.
- Otras necesidades relacionadas con el uso y mantenimiento de la vivienda: gastos derivados de suministros básicos de electricidad, gas y agua así como el alquiler de inmuebles para vivienda habitual, debiéndose acreditar en este último caso, con carácter previo a la concesión de la ayuda, el contrato de alquiler del inmueble, debidamente formalizado e inscrito en el Registro de la Propiedad.
- Otros gastos motivados por circunstancias extraordinarias sobrevenidas: Gastos por desplazamientos no cubiertos por otros sistemas, por asistencia a hospitales para tratamientos de enfermedades graves, o relacionados con la protección de la persona beneficiaria u otros debidamente justificados en el informe técnico. Cuando para los desplazamientos se utilice vehículo particular, en el informe-propuesta del técnico deberá quedar reflejado el origen y destino del desplazamiento, número de kilómetros a realizar así como el coste.
- Gastos relacionados con alojamientos en pensiones, hoteles u otros, ante contingencias extraordinarias sobrevenidas como inundaciones, incendios, violencia género-familiar, etc. cuando no se dispone de redes de apoyo ni medios para hacer frente a dichas situaciones.
- Pequeñas reparaciones o desperfectos que afecten a condiciones básicas de habitabilidad en la vivienda habitual (electricidad, fontanería albañilería carpintería), así como relacionadas con la protección (violencia género- familiar).
- Otros gastos extraordinarios que puedan originarse, en un momento puntual, por causas de fuerza mayor tales como inundaciones, incendios u otros o en las que concurran circunstancias de grave y urgente necesidad y que deban ser atendidas como el fallecimiento de algún miembro de la unidad familiar. En estos casos la excepcionalidad deberá quedar suficientemente motivada en el informe-propuesta del técnico.
- Con carácter excepcional, podrán concederse ayudas en especie para la cobertura de necesidades relacionadas con el transporte y el alojamiento. Estos casos requerirán la previa autorización del órgano instructor (Unidad Técnica).
Cuantía
1 MIEMBRO 90% IPREM 479,26 €
2 MIEMBROS IPREM 532,51 €
3 MIEMBROS 110% IPREM 585,76 €
4 MIEMBROS 115% IPREM 612,39 €
5 MIEMBROS Y MAS 125% IPREM 665,64 €
Requisitos
- Familias Monoparentales o con ausencia de un miembro clave para la manutención y/o cuidado de los menores (por defunción, enfermedad, separación…).
- Familias con algunos de sus miembros en Situación de Discapacidad igual o superior al 33% o en situación de Dependencia.
- Situación de violencia de género y/o familiar en el núcleo de convivencia
- Situación de desempleo y temporalidad de los miembros adultos de la unidad familiar
- Unidades familiares con gastos de alquiler o hipoteca de vivienda habitual.
Documentación
- Solicitud en modelo normalizado
- Fotocopia DNI, NIE o Pasaporte en vigor del solicitante.
- Certificado o volante de empadronamiento del ayuntamiento correspondiente
- Fotocopia del libro de familia.
- Documento de designación de cuenta corriente bancaria debidamente cumplimentado.
- Certificado actual de ingresos, pensiones, prestaciones, subsidios y otras ayudas sociales que perciba cada uno de los miembros de la unidad
- Certificado del Servicio Andaluz de Empleo que acredite la situación laboral de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años, o Declaración Jurada en su defecto.
- Cualquier otra documentación que el profesional o profesionales del equipo de ZTS estimen necesaria y justifique la situación de necesidad.
Lugar de entrega y recogida de documentos
Servicio social de base del municipio en el que este empadronado/a.