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- De esta forma pueden solicitar los autónomos el subsidio para mayores de 52 años en 2022
- El SEPE avisa a los perceptores del subsidio para mayores de 52 años
- Así queda el subsidio para mayores de 52 años en 2022: requisitos y cuantiás
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Se ha producido una importante novedad en relación al subsidio para mayores de 52 años. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha avisado de los cambios en las cuantías para los subsidios a mayores de 52 años y este año se produce una subida debido al aumento del IPREM.
Una de las ayudas a las que afecta esta medida es el subsidio para mayores de 52 años, destinada a las personas que se encuentran en paro, tienen 52 años o más y cumplen los requisitos establecidos para percibir dicha prestación gestionada por el SEPE.
Es importante tener presente que este subsidio contempla importantes ventajas para las personas beneficiarias, ya que se puede percibir hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación. Igualmente, durante su percepción se cotiza a la Seguridad Social de cara a la futura pensión de jubilación.
Novedad en cuanto al subsidio
El Gobierno actual ha incluido una subida del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para 2022, situándose en una cuantía de 579,02 euros y suponiendo un aumento del 2,5%.
Esta subida supone un aumento en el subsidio para mayores de 52 años que aumentará hasta los 463,21 euros al mes de los 451,92 euros de 2021. Esta medida influirá positivamente en el importe mensual de este subsidio del SEPE. Si bien, la cuantía se seguirá rigiendo por el 80% del IPREM.
Requisitos para pedirlo
Cabe destacar que para poder beneficiarse del subsidio para mayores de 52 años hay que cumplir todos los requisitos estipulados por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Algunos de los requisitos más importantes para acceder a este tipo de subsidio son:
- Estar en situación de desempleo
- No tener la condición de trabajador fijo discontinuo.
- Tener 52 años o más en la fecha en que se cumplan los requisitos para acceder al subsidio.
- Estar inscrito como demandante de empleo durante al menos un mes desde el agotamiento de la prestación contributiva. Mantener dicha inscripción durante la percepción del subsidio; suscribir el compromiso de actividad.
- Acreditar la carencia de rentas en cómputo anual de cualquier naturaleza superiores al 75% del ingreso que corresponda en cada momento, excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias.
La duración del subsidio para mayores de 52 años se prolonga hasta la edad media exigida en la que la persona tendría derecho a optar a la pensión de jubilación.