El SEPE avisa, no incluir a tus hijos en tu prestación puede hacerte perder dinero
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El mercado laboral sigue recuperándose poco a poco tras la pandemia de la Covid-19, y con ello las estadísticas referentes al número de desempleados, la cual ha experimentado una bajada, algo que no se veía desde hace bastante tiempo.
Aunque la recuperación existe, no debemos olvidar que todavía existen en nuestro país millones de parados, quienes tienen y tendrán que recurrir a la prestación contributiva del SEPE.
En este artículo te voy a explicar el requisito más importante que debes cumplir para que el SEPE te acepte el pago. Sigue leyendo, que este artículo te interesa.
Requisitos que hay que cumplir para acceder al paro
Pues bien, para acceder al paro hacen falta cumplir una serie de requisitos, que te detallo a continuación:
- Encontrarse en situación de desempleo y estar disponible para buscar activamente.
- Haber trabajado y cotizado al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo.
- Estar afiliado y en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social en un régimen que contemple la contingencia por desempleo.
¿Qué son situaciones asimiladas al alta?
Según el SEPE , “se considerarán situaciones asimiladas al alta las que producen los mismos efectos que un alta efectiva en la Seguridad Social respecto al devengo de la prestación”.
Se consideran las siguientes prestaciones:
- Excedencia forzosa por cargo público o sindical.
- El retorno de las personas trabajadoras emigrantes.
- La liberación de prisión por cumplimiento de condena o libertad condicional.
- La finalización de la relación laboral en un momento de huelga o cierre patronal.
- El traslado temporal de la empresa fuera de territorio nacional.
- Situación de incapacidad temporal (sin obligación de cotizar).
- Situación de excedencia por período no superior a tres años para atender al cuidado de los hijos.
- La situación de excedencia para el cuidado de familiares.
- Situación de la persona trabajadora durante el período correspondiente a vacaciones anuales retribuidas que no hayan sido disfrutadas con anterioridad a la finalización del contrato.
- Situación de las personas trabajadoras fijas discontinuas que no sean llamadas al reiniciarse su actividad.
El SEPE explica también que en el caso de encontrarse en situación asimilada al alta, para poder calcular la duración del paro, el inicio del período de 6 años anteriores a la situación legal de desempleo, retrocederá tanto tiempo como se haya permanecido en esta situación.