Con la llegada del nuevo ingreso mínimo vital, muchas han sido las dudas sobre las compatibilidades respecto a otras prestaciones y subsidios. Esta nueva ayuda a venido para no dejar a nadie atrás, pero lo cierto es que en todas las comunidades autónomas del país ya contaban con algún tipo de renta mínima de inserción.
La cuantía del ingreso mínimo vital es ligeramente superior a la media de las rentas mínimas de inserción de las comunidades autónomas, pero el principal problema no es la cantidad, sino el alto porcentaje de potenciales beneficiarios que hasta ahora no habían tenido acceso a estas ayudas. La Revista de la Seguridad Social hace un resumen de las prestaciones que ofrece cada comunidad autónoma y que, en muchos casos, pueden complementar la ayuda del Gobierno:
Andalucía
Denominación: renta mínima de inserción social.
Cuantía: entre 419 y 779 euros al mes.
Peculiaridades: la persona titular y los miembros de su unidad familiar deberán estar inscritas como demandantes de empleo y la percepción de la prestación se suspenderá por un período máximo de seis meses cuando cualquier miembro de la unidad familiar suscriba un contrato de trabajo temporal de duración igual o inferior a seis meses, cuyos ingresos mensuales sean superiores a la cuantía que le correspondiera de renta mínima.
Compatibilidad: es complementaria con cualquiera de los recursos de los que disponga la unidad familiar, así como con las prestaciones económicas y de servicios a los que pudiera tener derecho.
Aragón
Denominación: ingreso aragonés de inserción.
Cuantía: entre 491 y 736 euros al mes.
Peculiaridades: las personas titulares de la prestación deberán suscribir el acuerdo de inserción y participar en las actividades que en él se determinen de forma personalizada.
Compatibilidad: esta prestación es subsidiaria y, en su caso, complementaria de cualquier otro ingreso o tipo de recursos o prestaciones a los que tenga derecho la unidad familiar.
Asturias
Denominación: salario social básico.
Cuantía: entre 442 y 731 euros al mes.
Peculiaridades: la percepción del salario social básico se supeditará a la búsqueda activa de empleo y se tendrá en consideración los rendimientos de trabajo remunerado para el cómputo. La ayuda dejará de cobrarse cuando se realice un trabajo de 12 meses o más por una retribución superior.
Compatibilidad: es complementario y subsidiario de cualquier otro tipo de recursos, derechos, rendimientos de bienes y prestaciones sociales económicas.
Baleares
Denominación: renta social garantizada.
Cuantía: entre 431 y 776 euros al mes.
Peculiaridades: no está condicionada a la obligación de participar en actividades de inserción social o laboral, pero sí se exige estar inscrito como demandante de empleo y no rechazar una oferta de trabajo adecuada. Se tienen en cuenta los rendimientos de trabajo remunerado para el cómputo de los ingresos.
Compatibilidad: es subsidiaria respecto a otras prestaciones económicas y complementaria respecto a aquellas que no superen el importe que corresponda a la renta social.
Canarias
Denominación: prestación canaria de inserción.
Cuantía: entre 479 y 668 euros al mes.
Peculiaridades: se exige la inscripción como demandante en el Servicio Canario de Empleo. No se considerará que existe carencia de recursos económicos si en el mes anterior a la solicitud, el titular o cualquier miembro de su unidad de convivencia obtuviera salarios o remuneraciones cuya cuantía neta, sumada a la del resto de familiares, superase el importe mensual.
Compatibilidad: es subsidiaria de las pensiones que pudieran corresponder a los miembros integrantes de la unidad de convivencia del solicitante, sean del sistema de la Seguridad Social, o de cualquier otro régimen público de protección social.
Cantabria
Denominación: renta social básica.
Cuantía: entre 430 y 672 euros al mes.
Peculiaridades: es obligatorio estar inscrito como demandante de empleo. Podrá acordarse la suspensión de la ayuda cuando se perciban nuevos ingresos derivados de una actividad laboral si los ingresos son iguales o superiores.
Compatibilidad: esta prestación también es subsidiaria y complementaria de la protección contemplada por la Seguridad Social.
Castilla-La Mancha
Denominación: ingreso mínimo de solidaridad.
Cuantía: entre 446 y 730 euros al mes.
Peculiaridades: se exige inscripción como demandantes de empleo y no se incluyen incentivos a la búsqueda de trabajo.
Compatibilidad: es complementario y subsidiario de cualquier otro tipo de prestación que se haga valer con carácter previo, pero será incompatible con pensiones contributivas, no contributivas y asistenciales, por invalidez o jubilación, así como tampoco podrá ser concurrente con subsidios por desempleo en cuantía igual o superior.
Castilla y León
Denominación: renta garantizada de ciudadanía.
Cuantía: entre 430 y 699 euros al mes.
Peculiaridades: incluye un proyecto individualizado de inserción. Los destinatarios de la prestación no podrán rechazar oferta de trabajo y deberán mantener la inscripción como demandantes de empleo cuando se encuentren en edad laboral, salvo las excepciones recogidas en la ley.
Compatibilidad: es subsidiaria respecto a cualquier prestación, contributiva o no contributiva, así como de cualquier otro sistema público de ayuda. También con respecto a los ingresos o prestaciones económicas a las que pueda tener derecho cualquier miembro de la unidad familiar.
Cataluña
Denominación: renta garantizada de ciudadanía.
Cuantía: entre 604 y 1.122 euros al mes.
Peculiaridades: se requiere la inscripción en el Servicio Público de Empleo de Cataluña y no se podrá rechazar una oferta de trabajo adecuada.
Compatibilidad: es compatible con el empleo y complementaria con las rentas del trabajo a tiempo parcial cuando los ingresos sean inferiores al umbral marcado. Es subsidiaria de todas las ayudas de cualquier administración además de los ingresos de cualquier tipo, a excepción de las prestaciones por dependencia, las becas escolares, las de urgencia para evitar desahucios y las ayudas económicas no regulares y puntuales por parte de familiares.
Ceuta
Denominación: ingreso mínimo de inserción social.
Cuantía: se establece cada año en los Presupuestos.
Peculiaridades: se exige haber solicitado previamente las pensiones y prestaciones a las que se pueda tener derecho, además de estar inscrito como demandante de empleo en Ceuta y no haber solicitado la baja voluntaria en el trabajo durante los últimos 12 meses.
Compatibilidad: tiene carácter subsidiario y, en su caso, complementario de todo tipo de recursos y prestaciones sociales que pueda tener el titular o los miembros de su unidad familiar.
Comunidad de Madrid
Denominación: renta mínima de inserción.
Cuantía: entre 400 y 736 euros al mes.
Peculiaridades: beneficiarse de esta prestación exige la búsqueda activa de empleo, no causar baja voluntaria ni rechazar ofertas adecuadas.
Compatibilidad: es subsidiaria de la acción protectora de la Seguridad Social, tanto en su modalidad contributiva como no contributiva, y tiene carácter complementario hasta el importe que corresponda percibir al beneficiario.
Comunidad Valenciana
Denominación: renta valenciana de inclusión.
Cuantía: entre 515 y 809 euros al mes.
Peculiaridades: se divide entre la renta de garantía de ingresos mínimos y la renta de garantía de inclusión social. Los beneficiarios de esta última subvención tendrán que solicitar la inscripción como demandantes de empleo, participar en las acciones de mejora de la empleabilidad y en el itinerario de inclusión social desarrollado por los srevicios sociales. No se computarán como recursos económicos de la unidad de convivencia las cantidades que, una vez concedida la prestación, puedan percibirse mensualmente durante el plazo máximo de tres meses.
Compatibilidad: la renta de garantía tiene carácter subsidiario de las prestaciones económicas vigentes y previstas en el resto de sistemas de protección social, tanto estatales como autonómicos. Además, se impone la obligación de reclamar, durante todo el periodo de duración de la prestación, cualquier derecho económico que les pueda corresponder a cualquier miembro de la unidad de convivencia.
Extremadura
Denominación: renta básica de inserción.
Cuantía: entre 430 y 726 euros al mes.
Peculiaridades: impone la obligación de participar en las actuaciones de empleo y formación que se determinen en el programa de acompañamiento para la inclusión y el requisito de no haber rechazado una oferta adecuada de empleo ni haber cesado voluntariamente una relación laboral en los seis meses anteriores.
Compatibilidad: tiene un carácter complementario con respecto a determinados ingresos o prestaciones públicas y naturaleza subsidiaria respecto a otras recogidas en la ley que regula esta prestación. Se exige haber solicitado previamente de cualquiera de las administraciones públicas competentes las prestaciones, pensiones o subsidios de toda índole que pudieran corresponderle al beneficiario.
Galicia
Denominación: renta de inclusión social (RISGA).
Cuantía: entre 403 y 726 euros al mes.
Peculiaridades: esta prestación no está sujeta a la búsqueda de trabajo, pero la cuantía es mayor cuando se sigue un itinerario de inclusión y de acceso al empleo.
Compatibilidad: es incompatible con las pensiones no contributivas o cualquier otra prestación o pensión de cuantía igual o superior a la de dichas pensiones.
La Rioja
Denominación: renta de ciudadanía.
Cuantía: entre 430 y 672 euros al mes.
Peculiaridades: incluye un proyecto individualizado de inserción y obliga tanto a mantener ininterrumpidamente la demanda de empleo como a no rechazar foertas adecuadas.
Compatibilidad: es subsidiaria con cualquier otra prestación, contributiva o no contributiva y con otros regímenes o sistemas públicos de protección. No complementa las acciones protectoras de la Seguridad Social, excepto las prestaciones por orfandad, viudedad, incapacidad permanente, víctimas de violencia de género y subsidios por desempleo.
Murcia
Denominación: renta básica de inserción.
Cuantía: entre 430 y 806 euros al mes.
Peculiaridades: establece como requisito participar junto con los miembros de la unidad de convivencia en un proyecto individual de inserción. Es imprescindible aceptar cualquier oferta de empleo adecuada y, si se realiza un trabajo por más de seis meses con una retribución igual o superior, se extinguiría la ayuda.
Compatibilidad: exige la necesidad de haber solicitado el resto de prestaciones antes y no tener acceso a prestaciones por desempleo, pensiones o ayudas de análoga naturaleza que provean las administraciones. Tendrá siempre carácter complementario de los ingresos y prestaciones económicas a las que pudiera tener derecho la unidad de convivencia.
Melilla
Denominación: ingreso melillense de integración.
Cuantía: entre 475 y 950 euros al mes.
Peculiaridades: dura un año y se podrá prorrobgar por períodos de tres meses, hasta un áximo de dos años, si se mantiene la situación de necesidad. La prestación se extingue si la unidad familiar comienza a percibir ingresos por otras vías.
Compatibilidad: no podrá cobrarse si se tiene derecho a otras prestaciones por importe mayor.
Navarra
Denominación: renta garantizada.
Cuantía: entre 610 y 1.221 euros al mes.
Peculiaridades: no está condicionada al empleo, pero sí incluye incentivos para la búsqueda de trabajo.
Compatibilidad: se exige haber solicitado previamente las prestaciones, pensiones o subsidios de toda índole que le pudieran corresponder, así como ejercer las acciones legales para el establecimiento y pago de pensiones compensatorias o por alimentos.
País Vasco
Denominación: renta de garantía de ingresos.
Cuantía: entre 644 y 915 euros al mes.
Peculiaridades: su concesión está vinculada a un convenio de inclusión activa para facilitar la inclusión social y laboral tanto del solicitante como de sus familiares. También incluye incentivos al empleo.
Compatibilidad: se requiere hacer valer, con carácter previo, todo derecho o prestación de contenido económico que pueda corresponder.