La RAI es una ayuda extraordinaria para personas con gran dificultad para encontrar trabajo y en situación de necesidad económica; los emigrantes retornados son uno de los colectivos que pueden beneficiarse de ella.
El objetivo de esta ayuda es incrementar las oportunidades de inserción en el mercado de trabajo de las personas trabajadoras desempleadas con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo.
Requisitos
- Ser persona desempleada y estar inscrita como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad .
- Tener 45 o más años de edad y ser menor de 65 años.
- No tener derecho a la prestación contributiva ni al subsidio por desempleo.
- No tener ingresos propios superiores al 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Las rentas se computarán por su rendimiento íntegro o bruto. El rendimiento que proceda de actividades empresariales, profesionales, agrícolas, ganaderas o artísticas, se computará por la diferencia entre los ingresos y gastos necesarios para su obtención. Las ganancias patrimoniales se computarán por la diferencia entre las ganancias y las pérdidas patrimoniales.
- En su caso, la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de la unidad familiar, (el cónyuge y los hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos), dividida por el número de miembros que la componen no puede superar el 75 % del SMI, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
- No haber sido beneficiario de la renta activa de inserción en los 365 días naturales anteriores a la fecha de solicitud de admisión al programa de la renta activa de inserción, salvo en el caso de víctimas de violencia de género o violencia doméstica y personas con discapacidad.
- No haber sido beneficiario de tres RAI anteriores. La RAI se puede cobrar como máximo tres periodos.
- Haber trabajado al menos 6 meses en el extranjero desde la última salida de España y haber retornado en los 12 meses anteriores a la solicitud.
Duración y cuantía
La RAI se puede cobrar durante 11 meses como máximo y se comienza a percibir desde el día siguiente al de la solicitud.
El importe que se percibe es el 80 % del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) mensual vigente en cada momento.
El pago se realizará, salvo excepciones , mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera que indique, siempre que sea titular de la misma.
Documentación a entregar
- Modelo oficial de solicitud.
- Identificación del solicitante y, en su caso, del cónyuge e hijos que conviven o están a su cargo que figuren en la solicitud, (bastará con la exhibición de los documentos):
- Españolas y españoles: Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte.
- Extranjeras y extranjeros residentes en España:
- Nacionales de la Unión Europea: Certificado de registro de ciudadano o ciudadana de la Unión Europea, en el que consta el NIE, junto con el pasaporte o documento identificativo en su país de origen.
- No nacionales de la Unión Europea : Tarjeta de Identidad de Extranjero o Extranjera (TIE) y el pasaporte.
- Cualquier documento bancario en el que figure el número de cuenta de la que sea TITULAR, y donde desee percibir la prestación.
- Libro de Familia, o documento equivalente en el caso de extranjeros.
- Si se lo piden en la oficina de empleo deberá entregar un justificante de rentas. Si alega como carga hijos mayores de 26 años discapacitados, debe aportar un certificado de discapacidad y del grado reconocido expedido por el INSS, por el IMSERSO o por el organismo competente de la comunidad autónoma.
- Si regresa de un país miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, formulario U1 o E-301.
- En el caso de los emigrantes de Suiza, certificado de la Agregaduría Laboral de dicho país o formulario U1.
- Si retorna de Australia, formulario de enlace.
- Si regresa de un país que no sea miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo o con el que no exista convenio sobre protección por desempleo: Certificación emitida por las Áreas y Dependencias Provinciales de Trabajo y Asuntos Sociales de las Delegaciones o Subdelegaciones de Gobierno en la que conste la fecha de retorno y el tiempo trabajado en el país de emigración.
Tramitación
Puede presentar la solicitud a través de:
- La sede electrónica del SEPE.
- En la oficina de prestaciones (tras la obtención de cita previa en la sede electrónica del SEPE o por teléfono).
- En cualquier oficina de registro público.
- Por correo administrativo.
Puedes obtener más información en el teléfono de atención al ciudadanía.