¿Debo recuperar las horas de trabajo durante el apagón? ¿Cambia si teletrabajo?: resolvemos las dudas de los trabajadores

Cuando se produce un apagón como el que vivimos este lunes, son muchos los trabajadores que se preguntan qué pasa con esas horas que no han podido trabajar. ¿Debo recuperarlas? ¿Me pueden descontar parte del sueldo? La respuesta es que si el apagón te impidió realizar tu trabajo, no tienes que recuperar las horas ni sufrir ningún tipo de penalización en tu nómina, tanto si estabas en tu puesto físico como si estabas teletrabajando. Es más, la normativa laboral protege a los empleados en estos casos, dejando claro que las causas de fuerza mayor no deben perjudicarles para ellos.

El Estatuto de los Trabajadores y la Ley de Prevención de Riesgos Laborales son los principales documentos legales que protegen a quienes se vieron afectados por el apagón, y en los cuales se muestra que estar a disposición de la empresa pero no poder desempeñar las funciones habituales por falta de luz, de conexión o de medios técnicos no implica la obligación de recuperar las horas ni de que nos resten dinero del salario. Además, si teletrabajas y te quedaste sin electricidad o sin Internet, tampoco debes reponer ese tiempo perdido.

¿Qué dice la normativa laboral sobre los apagones?

El apagón se considera un supuesto de fuerza mayor, algo totalmente ajeno al trabajador, tal y como se encuentra recogido el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores, que establece que cualquier empleado puede solicitar hasta cuatro días de permiso retribuido si no puede prestar servicio por una catástrofe o fenómeno meteorológico adverso. Aunque el apagón sea diferente a un temporal como por ejemplo la DANA, sus efectos para el trabajador son similares, que es la imposibilidad total de trabajar sin que este tenga culpa propia.

Esto significa que ni el apagón de este lunes ni ningún otro corte de luz puede obligarte a recuperar las horas perdidas, ni a trabajar fuera de tu horario habitual. Tampoco podrán descontártelas de la nómina y, si llegas a final de mes y ves que tu empresa ha reducido tu salario por las horas no trabajadas durante el apagón, debes saber que tienes hasta un año para reclamar las cantidades que se te deban, ya sea directamente o a través de una denuncia ante Inspección de Trabajo.

Eso sí, si la empresa puede ofrecerte otras tareas compatibles con la situación (por ejemplo, trabajos manuales o administrativos que no necesiten conexión eléctrica), podría pedirte que las realices, siempre dentro de tu categoría profesional y sin exigirte más horas de las que figuran en tu contrato.

¿Y si no puedo ir a trabajar o estoy teletrabajando durante un apagón?

En los casos en los que el apagón afecta al transporte público, como ocurrió este lunes en varias ciudades de España, tampoco estás obligado a acudir físicamente al trabajo si no hay medios de transporte disponibles. El apagón, en este caso, justifica la falta de asistencia siempre que no existan alternativas razonables, como otro medio de transporte seguro, aunque se recomienda comunicar a la empresa dicha situación cuanto antes y conservar cualquier prueba de que no hayas podido desplazarte hasta tu lugar de trabajo.

En cuanto al teletrabajo, el apagón tampoco modifica tus derechos, es decir, que si en tu casa te quedaste sin luz o sin acceso a Internet, el tiempo perdido se considera igualmente tiempo efectivo de trabajo tal y como dejó claro el Tribunal Supremo en 2023, en concreto en una sentencia en las cual se decía que las interrupciones involuntarias, como un apagón que no sea culpa del propio trabajador, no se le puede imputar con lo que no debe recuperar esas horas ni quitársele dinero de la nómina por ello.