La hipoteca inversa es un tipo de préstamo hipotecario, dirigido a personas mayores de 65 años o dependientes que sean propietarios de una vivienda.
Al contrario que en la hipoteca convencional, en este caso es el titular quien recibe del banco una cantidad a cambio del piso (normalmente en forma de renta mensual). La ventaja es que puede seguir utilizándolo hasta su fallecimiento y en ningún momento pierde la propiedad de su vivienda.
¿Qué requisitos se exigen para contratar una hipoteca inversa?
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Los únicos requisitos exigidos son tener más de 65 años y ser titular de una vivienda.
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Para conseguir los beneficios que otorga la nueva Ley de reforma del mercado hipotecario, la vivienda además debe ser la habitual.
¿Cómo funciona?
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La entidad de crédito va prestando una cuota mensual al propietario durante un plazo de tiempo fijado (normalmente entre 10 y 20 años) a un tipo de interés fijo. El importe de la mensualidad estará en función del valor de tasación de la vivienda y el plazo.
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La persona mayor sigue siendo propietaria de su vivienda y puede seguir viviendo en esta o utilizar el dinero recibido para alquilar o comprar otra casa o para costear una residencia.
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La entidad que concede la hipoteca inversa no puede exigir la devolución de la deuda acumulada mientras no fallezca su titular o el último de los beneficiarios de este sistema de crédito, según se haya establecido en el contrato.
¿Qué ocurre con los herederos?
Al fallecimiento del titular, a los herederos les corresponde tanto la propiedad de la vivienda como la deuda acumulada con la entidad financiera, y disponen de dos opciones:
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Quedarse con la vivienda: para ello deben liquidar la deuda con la entidad, devolviendo el dinero prestado. Si no disponen de patrimonio para hacerlo pueden financiarse mediante la constitución de una hipoteca normal sobre la vivienda, por el importe de la deuda.
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Venderla: en este caso el importe de la venta se utiliza para saldar la deuda contraída por los titulares de la hipoteca inversa. Si la cantidad no es suficiente para satisfacer la deuda acumulada, la entidad puede instar la venta de otros bienes de la herencia.
Como se trata de un préstamo, estos ingresos mensuales adicionales no tributan en el IRPF.
Fuente: Finanzas para todos y Óptima mayores.
Más información: Hipoteca Inversa