Según los datos de las encuestas realizadas por el INE, los números de hogares monoparentales crecen continuamente cada año. Así, situándonos en los datos ofrecidos tenemos un total de 1,754.700 de hogares, con un crecimiento del 2,7% con respecto al año anterior (datos encuesta continua de hogares 2014). Si hablamos de madres solteras el porcentaje es del 82,7% . una mayoría bastante notoria que refleja la necesidad de ayudas y prestaciones.
Actualmente en nuestro país se desarrollan una serie de ayudas destinadas a familias monoparentales con hijos a cargo. Aunque no haya una abundante oferta, lo cierto es que si te encuentras en esta situación como madre soltera, separada o divorciada no debes perder detalle porque puedes ser beneficiaria de alguna de estas prestaciones.
En España las ayudas se llevan a cabo tanto desde el gobierno central como desde las propias comunidades autónomas, por tanto puede haber mucha variación de un lugar a otro aunque todas actúan en unos parámetros muy similares.
En primer lugar vamos a hacer referencia a las ayudas estatales desde el momento del nacimiento hasta la mayoría de edad del hijo a cargo:
Maternidad:
Se trata de una prestación destinada a compensar el periodo de cese de actividad económica a causa del nacimiento, adopción o acogimiento. Para ello se debe estar en situación de alta por cuenta ajena o por cuenta propia y cumplir una serie de requisitos. En esta ayuda la Seguridad Social deberá abonar el pago correspondiente a las 16 semanas de baja por maternidad, ampliando 2 semanas más en caso de parto múltiple. Existe también maternidad No contributiva para quienes no cumplan el periodo de tiempo de cotización exigida.
Deducción por maternidad:
Esta ayuda esta determinada por el IRPF, se basa en la deducción de un total de 1.200€ anuales sobre dicho impuesto, destinado a madres trabajadoras con hijos menores de 3 años nacidos o adoptados en territorio español. Esta cuantía se puede percibir una vez realizada la declaración de la renta o un pago anticipado de 100€ mensuales.
Para solicitarla debes presentar el modelo 140 a través de los distintos medios existentes: vía telemática, telefónica, personalmente en cualquier Delegación o Administración de la Agencia tributaria.
Riesgo durante la lactancia natural:
Aunque no es una ayuda especifica para madres solteras pueden beneficiarse aquellas madres que por causas justificadas deba suspender el contrato de trabajo por ser incompatible con su situación. Para ello debe tener a su cargo un menor de 9 meses.
Prestación económica por nacimiento o adopción de hijo, en supuestos de familias numerosas, monoparentales y en los casos de madres con discapacidad:
Consiste en un pago único reconocido por el nacimiento o adopción de hijo en familias monoparentales, en este caso, siempre que no superen un determinado nivel de ingresos y no tengan derecho a ninguna prestación en cualquier otro régimen público de protección social.
Prestación económica por hijo o menor acogido a cargo:
Esta prestación tampoco es exclusiva de familias monoparentales pero si para familias cuyas rentas no superen un limite de ingresos. En esta ayuda se fija una cuantía anual en base a la situación del menor que será abonada trimestralmente, los importes son las siguientes:
Hijos o menores acogidos sin discapacidad: 291,00 euros anuales (24,25 euros mensuales), cuando los ingresos del beneficiario no rebasen el límite establecido de 11.547,96 euros anuales más un 15% por cada hijo o menor acogido a cargo a partir del segundo.
Hijos o menores acogidos menores de 18 años con una discapacidad igual o superior al 33%: 1000,00 euros anuales por hijo (250,00 euros trimestrales). No se exige en estos casos límite de recursos económicos al tratarse de una persona con discapacidad.
Hijos mayores de 18 años con discapacidad:
Igual o superior al 65%: 4.414,80 euros anuales por hijo (367,90 euros mensuales). No se exige en estos casos límite de recursos económicos al tratarse de una persona con discapacidad.
Igual o superior al 75% que necesite la ayuda de otra persona para realizar las actividades esenciales de la vida diaria: 6.622,80 euros anuales por hijo (551,90 euros mensuales). No se exige en estos casos límite de recursos económicos al tratarse de una persona con discapacidad.
Prestación por adopción o parto múltiple:
Puedes encontrarte en esta condición para ello hay una ayuda especifica, en este caso es un pago único en relación al numero de hijos. Si son 2 el importe para el año 2015 estaba en 2594,40 euros y aumenta conforme más numero de hijos hasta 4.
En cuanto a las ayudas que encontramos por comunidad autónoma podemos encontrar las siguientes:
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Ayudas de comedor
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Ayudas para madres con ingresos muy bajos
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Ayuda domiciliaria
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Ayudas para el transporte
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Acogida familiar
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Carnet monoparental
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Ayudas para familias con menores 3 años a cargo
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Ayudas de emergencia
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Subvenciones en el alquiler
En este caso es conveniente consultar la pagina web de la comunidad autónoma en la que vivimos para conocer de que tipo de ayuda nos podemos beneficiar.
Comunidad Autónoma |
Pagina Web |
Andalucía |
www.juntadeandalucia.es |
Aragón |
www.aragon.es |
Asturias |
www.asturias.es |
Baleares |
www.caib.es |
Canarias |
www.gobiernodecanarias.org |
Cantabria |
www.cantabria.es |
Castilla y León |
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Castilla La Mancha |
www.castillalamancha.es |
Cataluña |
www.gencat.cat |
Extremadura |
www.gobex.es |
Galicia |
www.xunta.es |
La Rioja |
www.larioja.org |
Madrid |
www.madrid.org |
Murcia |
www.carm.es |
Navarra |
www.navarra.es |
Valencia |
www.gva.es |
País Vasco |