En primer lugar, tanto las administraciones y las asociaciones de consumidores recomiendan tratar con la empresa o el profesional en cuestión y negociar una solución que se adecué a lo que pretendemos reclamar, la razón es evidente, supone una solución más rápida, efectiva y de mutuo acuerdo aunque puede que no consigamos la totalidad de nuestra posible reclamación. Si se inclinan por esta posible negociación previa es de suma importancia que dejen cualquier tipo de constancia de dichas negociaciones. La constancia puede ser comunicaciones por buro-fax, firma de los implicados etc. y es aconsejable dar un plazo al reclamado para que responda acerca de nuestra petición.
[pullquote align=»left|center|right» textalign=»left|center|right» width=»30%»]El modelo “estándar” son las hojas de reclamaciones que poseen la mayoría de establecimientos[/pullquote]
En relación al contenido de la reclamación podemos señalar que el modelo “estándar” son las hojas de reclamaciones que poseen la mayoría de establecimientos, pese a ello la reclamación, siempre que se remita al reclamado y a la Administración competente y tenga el contenido adecuado, será válida y surtirá plenos efectos. Las hojas de reclamaciones en los establecimientos suelen estar disponibles y, en la mayoría de lugares, son obligatorias. Sin embargo si la reclamación se hace a un profesional suele ser más complicado que posea tales modelos de reclamación. En cualquier caso usted podrá realizar la reclamación por su cuenta siempre que remita la misma a la Administración pertinente (preguntar en la Consejería que lleve materia de consumo en cada Comunidad Autónoma) y se la remita, a su vez, a la persona o empresa que reclame.
Si se usa la hoja de modelo de reclamaciones que poseen la mayoría de los establecimientos es muy importante que la copia para la Administración se la queden ustedes y la remitan, dado que si no lo hacen es posible que la empresa no lo haga (por su propio interés evidente). En cualquier caso la reclamación debe tener el siguiente contenido mínimo:
- Nombre, dirección, DNI y teléfono del reclamante.
- Nombre comercial, denominación social, domicilio, NIF y teléfono de la empresa contra la que se reclama.
- Descripción breve y clara de los hechos objeto de su reclamación.
- Lo que solicita con la reclamación.
Junto con la reclamación formal y los datos especificados se debe adjuntar cualquier tipo de documento que acredite o sostenga la pretensión de la reclamación (contratos, facturas etc.). Además, si la empresa no facilita las hojas de reclamaciones, el consumidor puede solicitar la asistencia de la policía local correspondiente para que levantara acta del hecho. Es de suma importancia resaltar que la interposición de la reclamación no exime de la posibilidad del acceso a los tribunales.
Existen Comunidades Autónomas que posibilitan la descarga y la presentación de modelos de hojas de reclamaciones por vía telemática, ello les podrá ahorrar tiempo y esfuerzo. Para informarse, les recomendamos que entren en la página web de sus respectivas comunidades y busquen el apartado de consumo o bien se informen vía telefónica o presencial.