El Subsidio de Movilidad y Compensación por Gastos de Transporte consiste en una prestación económica, de carácter periódico, destinada a atender los gastos originados por desplazamientos fuera de su domicilio habitual de aquellas personas con discapacidad que, tengan graves dificultades para utilizar transportes colectivos.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios del derecho al Subsidio de Movilidad y Compensación por Gastos de Transporte, los ciudadanos españoles y nacionales de otros países, con residencia legal en España, que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, y reúnan los requisitos de acceso establecidos.
Requisitos
Los principales requisitos y condiciones de acceso son:
- Tener tres o más años.
- Ser de origen español o extranjero con residencia legal en España.
- Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- No estar comprendido en el campo de aplicación del sistema de la Seguridad Social por no desarrollar actividad laboral.
- No ser beneficiario/a o no tener derecho, por edad o por cualesquiera otras circunstancias a prestación o ayuda de análoga naturaleza y finalidad y, en su caso, de igual o superior cuantía otorgada por otro organismo público.
- En ningún caso se podrá superar el nivel de recursos económicos personales y/o familiares del 70%, en cómputo anual del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), vigente en cada momento. En el supuesto de que el beneficiario tenga personas a su cargo o dependa de una unidad familiar dicho importe se incrementará en un 10%, por cada miembro distinto del beneficiario hasta el tope máximo del 100% del IPREM.
- Grave dificultad para utilizar transportes colectivos.
- No encontrarse imposibilitado/a para desplazarse fuera de casa.
- Si está interno en centro, salir al menos diez fines de semana al año.
Cuantía
La cuantía para el año 2021 del Subsidio de Movilidad y Compensación por Gastos de Transporte es de 825,60€ anuales.
Esta se abonará por mensualidades de 68,80 euros, desde el día 1 del mes siguiente al de la resolución de concesión.
Dónde solicitarlo
La gestión y reconocimiento del derecho a percibir esta ayuda se realiza por las Comunidades Autónomas que tienen transferidas las funciones y servicios del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO). En las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla se hacen directamente por el IMSERSO.
Para realizar estas gestiones, lo más recomendable es acudir a los servicios sociales correspondientes a nuestra zona de residencia, donde te orientarán de manera concreta para poder realizar dicha gestión de manera correcta.
También puedes realizar el tramite Online, para iniciar la solicitud, pincha el siguiente enlace: sede.imserso.gob.es
Plazo de solicitud
No tiene fecha concreta para solicitarlo, es decir, que tiene abierto el plazo durante todo el año.