El subsidio de movilidad y compensación por gastos de transporte en la Comunidad Valenciana consistirá en una prestación económica, de carácter periódico destinada a atender los gastos originados por desplazamientos fuera de su domicilio habitual a personas con discapacidad que tengan dificultades para utilizar los transportes colectivos.
Requisitos
- No estar desarrollando ninguna actividad laboral.
- No ser beneficiario de otra ayuda de las mismas características.
- No superar el nivel de recursos económicos personales y/o familiares del 70% , en cómputo anual del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), vigente en cada momento. En el supuesto de que el beneficiario tenga personas a su cargo o dependa de una unidad familiar dicho importe se incrementará en un 10%, por cada miembro distinto del beneficiario hasta el tope máximo del 100% del citado salario.
- Edad: Tener tres o más años
- Discapacidad: Grado de discapacidad igual o superior al 33%
- Grave dificultad para utilizar transportes colectivos
- No encontrarse imposibilitado para desplazarse fuera de casa.
- Si está interno en centro, salir al menos diez fines de semana al año.
¿Que documentación tengo que entregar?
Impreso de solicitud normalizado acompañado de la siguiente documentación.
- Fotocopia compulsada del DNI del solicitante, (o en su defecto y provisionalmente Certificado de Nacimiento).
- Fotocopia compulsada del Libro de Familia (en su caso).
- Fotocopia compulsada del DNI del representante y acreditación de su representación cuando la solicitud se suscriba por persona distinta del posible beneficiario.
NOTA. Las compulsas podrán efectuarse al presentar la solicitud, acompañando los originales de los documentos.
Pasos a seguir hasta la percepción de la ayuda
- Presentación de la documentación.
- Reconocimiento en centro orientación.
- Estudio por junta valoración en la Delegación Territorial de Servicios Sociales.
- Fiscalización.
- Resolución.
Cuantía de la ayuda
Las cuantías para 2016 son las siguientes:
- Cuantía anual: 759,60 euros
- Cuantía mensual: 63,30 euros
El plazo para la solicitar la ayuda es todo el año
¿Donde solicitar la ayuda?
- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las comunidades autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la administración local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- También en cualquier oficina de correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.
- En el ayuntamiento correspondiente por razón de residencia.
En los registros de la direcion territorial de bienestar social de las distintas capitales:
- REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE BIENESTAR SOCIAL – ALICANTE
C/ TEATRO, 37 Y 39
03001 Alacant/Alicante
Tel: 965936937
- REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE BIENESTAR SOCIAL – CASTELLÓN
AVDA. HERMANOS BOU, 81
12003 Castelló de la Plana/Castellón de la Plana
Tel: 964726200
- REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE BIENESTAR SOCIAL – VALENCIA
AVDA. BARÓN DE CÁRCER, 36
46001 Valencia
Tel: 963867408
Para descargar la solicitud pinche aquí