El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el Ingreso Mínimo Vital (IMV), la ayuda que servirá para garantizar un mínimo de renta mensual a todos los ciudadanos y que complementará sus ingresos con un mínimo de 462 euros, en el caso de los hogares unipersonales sin menores a cargo.
En el caso de que se trate de una vivienda en la que convive más de una persona, la cantidad mínima incrementará en 139 euros al mes por cada persona adicional, adulto o niño, hasta un máximo de 1.015,3 euros. Además, para las situaciones de monoparentalidad se establece también un complemento adicional de 100 euros del que se beneficiarán aproximadamente un 16% de los potenciales beneficiarios, 9 de 10 protagonizados por una mujer.
¿Cuáles son los requisitos para acceder al IMV?
Todas las personas que lleven mínimo un año viviendo en España y tengan entre 23 y 65 años, o 18 si tienen a un menor a su cargo podrán solicitar la prestación y, en caso de cumplir los requisitos exigidos, cobrarla desde el 15 de junio, con efectos retroactivos desde el 1 de junio, en un total de 12 pagas que se realizarán de forma mensual.
Para acceder al IMV, los ciudadanos deberán enviar la solicitud a la página web de la seguridad social, o bien enviar la documentación por correo ordinario.