Mar Carlavilla, Irantzu Laucirica, Soraya López y Ángeles Alonso.
Cada nueva idea pasa por tres fases.
Primera: Es una locura, no me haga perder el tiempo.
Segunda: Es posible, pero no vale la pena.
Tercera: ¡Ya dije desde el principio que era una buena idea!.
(Arthur C. Clarke)
¿Que es y en que consiste la Ley de Dependencia?
En el año 2015 culmina el proceso de desarrollo y se produce la entrada en vigor de la Ley 39/2006 de 14 de Diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
Esta “Ley de Dependencia” nace como medio para reconocer una serie de derechos subjetivos (vinculados a una serie de requisitos).
Esto determina que las personas beneficiarias de estos servicios y prestaciones serán aquellas que por enfermedad, suceso incapacitante o por la vejez tienen dificultades para realizar actividades de la vida diaria de manera autónoma, requiriendo así la ayuda de otra persona para realizarlas.
Para determinar los apoyos que la persona beneficiaria vaya a necesitar la ley actualmente ha eliminado los niveles y solo establece tres tipos de dependencia: Moderada, Severa y Gran dependencia.
Las competencias en Servicios Sociales en España están transferidas a las comunidades autónomas, siendo éstas las que se encargan de presupuestarlas y ejecutarlas. A través de esta ley, algunos servicios sociales al ser reconocidos a través del Estado, pasan a ser financiados a través de partidas presupuestarias de éste.
Realidad actual:
La realidad muestra que los recortes económicos han provocado que miles de personas no tengan acceso a ninguna prestación, que hayan disminuido las ayudas económicas y que se haya aumentado el copago en los enfermos. En su mayoría son las familias las que asumen la responsabilidad del cuidado, especialmente las mujeres. Si bien la situación actual se justifica por la falta de recursos, se trata en definitiva de una cuestión de valores, de priorizar políticas sociales que apoyen a los colectivos más vulnerables.
Los recortes en Sanidad, en la Administración o en Servicios Sociales, establecen una serie de criterios desiguales para la repartición de la financiación, muchas veces ocasionando la vulneración de los derechos que la población tiene reconocidos por ley. Como por ejemplo:
- El aporte que hace el gobierno a las comunidades autónomas se ha reducido considerablemente. De un 50% a un 19%.
- Se ha reducido un 15% las prestaciones económicas a los cuidadores familiares
- Se ha incrementado el copago de los enfermos, afectando al patrimonio de las personas dependientes.
- Se ha eliminado en la mayoría de los casos la cotización a los cuidadores no profesionales en el entorno.
- Se ha aplazado la entrada de nuevos usuarios con Grado I hasta el 2015.
A día de hoy y analizando los datos, se observa que el número de personas dependientes con prestación reconocida está disminuyendo. La razón principal es que la mayoría de las personas dependientes son personas mayores de 65 y, al final tarde o temprano fallecen. Sin embargo, este no es el problema. El problema radica en que estas bajas no se cubren con nuevas altas. Y, además, en algunas comunidades se están realizando las revisiones a la baja, reduciéndose su grado de dependencia para minimizar las prestaciones que le corresponden.
El Observatorio de la Dependencia presenta en su último informe del mes de Junio de 2014 un análisis detallado de la misma.
A través del cual establece inicialmente una previsión poco realista de los futuros beneficiarios (la evaluación del IMSERSO de la aplicación de la Ley destaca como previsión inicial en 2007 de 205.915, la situación actual es de 373.169, que se corresponde con un 81,22% más), la exclusión del concepto socio sanitario y sus implicaciones que dejó sin abordar una vez más, un aspecto crucial en la viabilidad del sistema. Esta limitación de origen, establecen desde el Observatorio, tiene como implicación, que la financiación de los aspectos sanitarios en muchos casos, como es el de las residencias de mayores, ha continuado recayendo en gran medida sobre los ajustados presupuestos de servicios sociales.
En dicho informe va dejando en evidencia cuestiones tales como importantes retrasos en la valoración y concesión de prestaciones, constatándose que alguna CCAA no efectúan el reconocimiento de la prestación hasta que no disponen de crédito presupuestario suficiente para hacerla efectiva, lo que perjudica que no resulte satisfecho en el momento oportuno el derecho subjetivo de las personas dependientes.
¿Por que es tan importante esta Ley para nuestra sociedad?
Según Soraya López esta ley se nos muestra hoy como imprescindible en una sociedad envejecida, y con diversidad de realidades funcionales, comprendiendo servicios como Ayuda a Domicilio, Prestaciones Económicas a Cuidadores No Profesionales, Recursos Residenciales,…y Programas para Potenciar la Autonomía de las Personas Dependientes. Incidir en éste último punto es primordial para prevenir situaciones de dependencia, potenciando la autonomía en personas dependientes leves.
Que la sociedad conozca la utilidad de los apoyos a las personas dependientes para hacer su vida más autónoma es un factor clave para reivindicar su cumplimiento.
¿Como se podría Viabilizar esta Ley de Dependencia actualmente?
Mar Carlavilla plantea que sería necesaria la igualdad de condiciones en todo el territorio nacional a la hora de aplicar la ley. Asimismo, se deberían primar los servicios frente a las prestaciones económicas, promoviendo de esta forma el empleo de cuidadores profesionales y ofreciendo mayor calidad en la atención a las personas dependientes. Se debería, igualmente, favorecer el alta en la Seguridad Social de los cuidadores no profesionales, de todas aquellas personas que tienen que abandonar su trabajo para dedicarse a un dependiente.
En definitiva, se trata de reconocer el derecho de acceso en igualdad a aspectos esenciales para la vida de las personas y garantizar su dignidad.
Irantzu Laucirica propone la creación de una serie de medidas urgentes para poder cumplir el objetivo principal de la ley de dependencia, para ello es necesario controlar los gastos y supervisar el buen uso de los servicios y prestaciones que se están prestando. Pero todo esto no puede ser posible sin la financiación del Gobierno Estatal, ya que las comunidades autónomas no pueden hacerse cargo de todos los gastos que generan las personas dependientes.
Dejando a un lado el tema de la financiación. Parémonos a reflexionar un poco, que os parecería si invirtiéramos un poco más en servicios públicos o privados dirigidos a personas dependientes como por ejemplo:
- Aumentando las plazas y la plantilla de profesionales de los servicios de centros de día, residencias etc.
- Dando la posibilidad de cotizar a las personas que están cuidando de sus familiares dependientes, que en muchas ocasiones están desempleados.
Es decir, si en vez de recortar derechos aumentamos los servicios y las prestaciones, conseguiremos que se cumpla el objetivo principal de la ley de dependencia y, de manera transversal, conseguiremos que el mercado laboral y, por consiguiente, la economía del país pueda comenzar a brotar un poco.
Reflexión
Ángeles Alonso sugiere como punto final, que también sería interesante reflexionar desde el punto de vista personal, la creación de la Ley de dependencia se plantea ante una problemática que existe, tanto las administraciones públicas como los agentes sociales han valorado su evolución y en mayor o menor medida se plantea que presenta fracturas y requiere una modificación.
Sería interesante que cada uno de nosotros, también desde nuestra responsabilidad y percepción particular de ciudadano, conocedores de casos en nuestro entorno que no son atendidos o presentan deficiencias en su atención, pusiéramos nuestro granito de arena apoyando iniciativas que fomenten el cambio en la Ley.
En una sociedad como la actual donde existe un progresivo envejecimiento de la población unido a un aumento de la esperanza de vida, pensar en las personas que hoy no son vistas en las estadísticas es pensar en nuestro mañana.
Tras más de siete años de la aprobación de esta Ley, la promoción de la autonomía personal y la atención a las personas dependientes es un derecho social que está creando no solo controversia tanto a los agentes sociales implicados en el estudio sino también a un cada vez más elevado número personas, personas mayores y personas con discapacidad, beneficiarias de unos servicios y prestaciones que se les mantiene en lista de espera o que se les obliga a participar económicamente de unos servicios que les corresponden por ley.
Irantzu Laucirica
Graduada en Trabajo Social por la Universidad de Deusto de Bilbao. Escribe habitualmente en su blog Irantzulau.wordpress.com. Articulo completo aquí.
Ángeles Alonso
Diplomada en Trabajo social por la Universidad de Oviedo y especialista en Trastorno por Déficit de Atención con Hiperactividad (TDAH). Articulo completo aquí.
Soraya López
Diplomada en Trabajo Social y Licenciada en Sociología. Escribe habitualmente en su blog Ensocial.com.es. Articulo completo aquí.
Mar Carlavilla
Licenciada en Periodismo y Doctorada en Estudios Internacionales del Mediterráneo, es experta en Intervención social con perspectiva de género. Articulo completo aquí.