Estar en paro suele ser una situación indeseada. Para paliar los efectos de la falta de ingresos de un empleo, al cumplir ciertas condiciones se puede tener acceso a una prestación económica: la prestación por desempleo o paro.
Eso, al mismo tiempo, conlleva también una serie de obligaciones. Y aquí es donde aparecen las dudas. ¿Deben los parados aceptar cualquier trabajo que se les ofrezca? ¿Pueden rechazar una oferta de empleo del SEPE?
A todo esto le damos respuesta en este artículo.
Las obligaciones de los parados con derecho a prestación
Estar desempleado y cobrando una prestación (el paro o el subsidio) conlleva un compromiso de actividad, lo que incluye buscar proactivamente un empleo.
Es decir, estás obligado a buscar trabajo sin necesidad de que lo hagan los funcionarios del SEPE por ti. Si se demuestra que no lo haces, te pueden quitar la prestación.
¿Se puede rechazar una oferta de trabajo cobrando el paro?
La respuesta es no; NO puedes rechazar una oferta del SEPE, salvo que concurran una serie de causas, las cuales las veremos a continuación.
Si rechazas una oferta apta, esto se considerará una falta grave, lo que conlleva tres meses de suspensión de la prestación por desempleo o del subsidio. Si se comete una segunda falta grave, se aplicarán seis meses de suspensión. Y si ocurre una tercera vez, ya no habrá suspensión, sino anulación de todo derecho a cobro de prestación.
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Causas justificadas para rechazar una oferta del SEPE
Puede que te estés preguntando qué se puede alegar como causa justificada para rechazar una oferta del SEPE. La realidad es que no hay demasiadas.
Una de esas causas es el rechazo de la oferta de empleo si el lugar de trabajo que los servicios públicos de empleo proponen se ubica fuera de la localidad donde está tu residencia. Como máximo 30 km de distancia, ya que el desplazamiento no puede suponer cerca del 25 % del tiempo que dura la jornada laboral y no se puede gastar el 20 % del salario mensual en gastos de transporte.
El salario también es un factor a considerar, ya que este debe ser igual al recibido en un puesto con independencia de la cuantía de la prestación o que trate de trabajos de colaboración social. Es importante que la cantidad a percibir corresponda con el puesto a desempeñar y que no sea inferior al salario mínimo interprofesional descontado los gastos de desplazamiento.
Todos estos criterios dependerán de circunstancias profesionales, personales y familiares, así como del itinerario de inserción y los medios de transporte disponibles.