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Las personas que solicitan atención en aplicación de la Ley de Dependencia deben esperar una media de 432 días hasta que reciben respuesta de la administración, según los datos del Sistema para la Autonomía y la Atención a la Dependencia (SAAD), que publica el IMSERSO.
En este artículo veremos en qué consiste la Ley de Dependencia y cuáles son los trámites que se siguen para solicitar la misma.
¿Qué es la Ley de Dependencia?
La Ley de Dependencia es de aplicación para aquellas personas que, debido a su edad, a padecer alguna enfermedad o por su nivel de discapacidad, son dependientes de manera permanente. Es decir, que la persona a la que se aplica esta ley precisa de la asistencia de una o más personas para llevar a cabo sus actividades de la rutina diaria.
La Ley de Dependencia establece tres grados de dependencia dependiendo de los cuales se determinan distintos tipos de ayuda o prestación:
- Dependencia de Grado I: Dependencia moderada. Son las personas que requieren ayuda de manera temporal, al menos una vez al día para poder desempeñar actividades de la rutina diaria.
- Dependencia de Grado II: Dependencia severa. Son las personas que requieren de ayuda dos o tres veces al día, aunque sin necesitar la atención permanente de un cuidador.
- Dependencia de Grado III: Gran dependencia. Son aquellas personas que necesitan de la atención de un cuidador varias veces al día y de manera continuada, pues no pueden desempeñar de manera independiente las actividades de la vida diaria. Estos son los que se atienden con mayor nivel de preferencia o prioridad, a diferencia de los otros dos grupos.
Pasos en la tramitación de la valoración de la dependencia
Solicitud
Se presentará por la persona que estima encontrarse en situación de dependencia o por quien ostente su representación, acompañando los documentos que requiera la Administración Pública competente.
Documentación para presentar
La documentación que debes aportar junto con la solicitud es la siguiente:
-
Documento Nacional de Identidad (DNI).
-
Si el dependiente tiene representante, una acreditación de la representación y su fotocopia del DNI.
-
Certificado de empadronamiento que acredite la residencia en España.
-
Última declaración de la renta o un documento acreditativo de las rentas percibidas.
-
Informe social. Los Servicios Sociales correspondientes a la Administración competente elaborarán un informe social que incluirá:
- Antecedentes sociales
- Datos de convivencia
- Capacidad para llevar a cabo por sí mismo las Actividades Básicas de la Vida Diaria (ABVD)
-
Informe de Salud
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Valoración de la dependencia
Tras rellenar la solicitud y aportar la documentación necesaria, la Administración competente se pondrá en contacto con el dependiente para fijar el día y la hora de la valoración.
Los órganos de valoración de las Comunidades Autónomas emitirán un dictamen sobre el grado de dependencia, concretando los cuidados que la persona pueda requerir.
Reconocimiento del grado de dependencia
El reconocimiento de la situación de dependencia se efectuará mediante resolución expedida por la Administración competente donde resida el solicitante y tendrá validez en todo el territorio del Estado español.
Esta resolución deberá contener:
- Grado de dependencia
- Servicios
- Prestaciones a las que tiene derecho la persona dependiente
Elaboración del Programa Individual de Atención (PIA)
Los Servicios Sociales correspondientes establecerán un Programa Individual de Atención en el que se determinarán las modalidades de intervención más adecuadas a las necesidades del solicitante, entre los servicios y prestaciones económicas previstos en la resolución para su grado.
Revisiones
El grado de dependencia será revisable por alguna de las siguientes causas:
- Mejoría o empeoramiento de la situación de dependencia
- Error de diagnóstico
Resolución del procedimiento de reconocimiento de prestaciones
Las resoluciones se dictarán en el plazo máximo de seis meses desde la fecha de entrada de la solicitud. Aunque no siempre se cumple este plazo.