La Comunidad de Madrid es junto a Cataluña y Andalucía las son las Comunidad Autónomas más pobladas de España. De esta manera, muchas personas buscan saber cuál es el reconocimiento del grado de discapacidad, del que, a continuación, daremos todos los detalles y todos los procedimientos se deben realizar para la solicitud este grado de discapacidad y cuáles son los requisitos que se exigen.
Desde la Comunidad de Madrid, se expone que el reconocimiento del grado de discapacidad requiere una solicitud inicial en la que se lleva a cabo una valoración, tras ello, se puede solicitar su revisión o actualización de datos. Asimismo, indica que el «reconocimiento de un grado de discapacidad igual o superior al 33% permite ejercer los derechos que las personas con discapacidad tienen reconocidos en todo el territorio español y acceder a distintos beneficios, prestaciones y servicios».
Cómo solicitar el grado de discapacidad en Madrid
En una primera instancia tenemos que tener en cuenta a la hora de solicitar el grado de discapacidad en la Comunidad de Madrid, es que este procedimiento no requiere el pago de tasas. El reconocimiento del grado de discapacidad está pensado para aquellas personas que tienen una discapacidad física, mental, intelectual o trastorno del desarrollo, sensorial, enfermedad rara u otras.
A la hora de la presentación las solicitudes se tiene que tener en cuenta que se pueden presentar de manera presencial o de manera electrónica. En el caso de que se opte por hacerlo de manera presencial, se debe de solicitar cita previa y ver cual es el Centro Base de atención a personas con discapacidad que le corresponde a cada persona según su domicilio. Por otra parte contrario, si se elige la presentación electrónica y en posesión de tener uno de los sistemas de firma electrónica reconocidas por la Comunidad de Madrid, a persona solicitnate debe de presentar la solicitud vía TRAMITAR, en el que debemos acudir al espacio de tramitación y seguir una serie de pasos:
- preparación la documentación y/o anexos que se deben aportar junto a la solicitud.
- pulsar CUMPLIMENTAR y acceder al formulario en línea; en el caso de no finalizar su cumplimentación, podrá recuperarlo posteriormente con el acceso del localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- seleccionar una de estas dos opciones:
- presentación electrónica: pulse ENVIAR A REGISTRO; en la siguiente pantalla podrá adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- presentación presencial: pulsa DESCARGAR FORMULARIO.; puede hacerlo en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- si finalmente decide llevar a cabo la presentación presencial, recuerde consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Para información adicional puede visitar la web de la Comunidad de Madrid en el que está toda la información relativa al reconocimiento al grado de discapacidad.
Requisitos para solicitar el grado de discapacidad en Madrid en 2025
La Comunidad de Madrid exige, en una primera instancia, tres requisitos para solicitud: ser español o extranjero residente legalmente en España, estar empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad de Madrid y poseer informes médicos actualizados que acrediten la discapacidad alegada.
Asimismo, la Comunidad de Madrid expone cuáles son los requisitos de la documentación que se tienen que presentar para el reconocimiento inicial del grado de discapacidad. Para agilizar la tramitación del expediente, se recuerda no aportar copia íntegra de la Historia Clínica, ni informes o pruebas, en dispositivos de almacenamiento. Así pues, aporte exclusivamente los informes médicos actualizados en función de la discapacidad alegada:
- Discapacidad física o sensorial:
- Problemas de visión se exige un informe del oftalmólogo que incluya la agudeza visual con corrección y, de existir defecto del campo visual, una campimetría.
- Problemas de audición se exige un informe del otorrino acompañado de audiometría gráfica.
- Enfermedad cardiaca se exige un informe de su cardiólogo con todos los detalles relativos a tratamiento, situación clínica actual, grado funcional de la NYHA, etc.
- Enfermedad respiratoria se exige un informe de su neumólogo, acompañado de espirometría.
- Procesos reumáticos, traumáticos o degenerativos que cursen con afectación articular o de columna vertebral se exige un informe del especialista correspondiente, con el resultado de las pruebas de imagen.
- Trasplantados se exige un informe del servicio correspondiente que indique el grado de repercusión del tratamiento inmunosupresor y, en trasplantes renales, la función renal expresada como aclaración de la creatinina, filtrado glomerular; y en trasplantes hepáticos, función hepática.
- Enfermedades endocrinas se exige un informe del especialista indicando la situación clínica y el tratamiento. En el caso de padecer diabetes mellitus también deberá hacerse constar las repercusiones de la misma a otros niveles si las hubiese. En caso de afectación de la retina, véase apartado a. Problemas de visión.
- Enfermedades digestivas se exige un informe del especialista, indicando la situación clínica y tratamiento. En los casos que cursen en brotes, frecuencia, intensidad y duración de los mismos, tratamiento habitual y la adherencia al mismo.
- Enfermedades neurológicas se exige un informe del especialista, indicando la situación clínica y tratamiento. En los casos que cursen en brotes, frecuencia, intensidad y duración de los mismos, tratamiento habitual y la adherencia al mismo.
- Neoplasias: se exige un informe del especialista indicando la situación clínica, que incluya el estado del TNM al diagnóstico, y la fase del tratamiento y en caso de secuelas, indicación de las mismas.
- Enfermedades hematológicas se exige un informe del especialista, indicando la situación clínica y tratamiento.
- Otras enfermedades se exige un informe actualizado y detallado del especialista correspondiente.
- Discapacidad intelectual o mental
-
- Enfermedad mental se exige un informe actualizado del especialista (psiquiatra o psicólogo), indicando diagnóstico, situación clínica, tratamiento y evolución. Así mismo, podrá aportar informes de la red pública de atención social a personas con enfermedad mental en los que estuviera atendido.
- Trastornos mentales orgánicos (demencias, deterioro cognitivo) / trastornos neuropsicológicos se exige un informe actualizado del especialista (psiquiatría, neurología, neuropsicología y/o geriatría) indicando diagnóstico, situación clínica, tratamiento y evolución.
- Discapacidad intelectual se exige un informes que avalen el diagnóstico, con indicación de las pruebas realizadas
- Retraso madurativo y alteraciones del neurodesarrollo se exige un in el caso de niños y adolescentes; es preciso aportar informes actualizados del especialista (pediatría, psiquiatría infanto-juvenil o neuropediatría) e informe escolar y/o psicopedagógico.
Para más información puedes visitar la web de la Comunidad de Madrid donde se recoge todo lo relativo al grado de discapacidad.