La normativa en España establece que hay que reservar un 2% de las plazas de aparcamiento para personas con movilidad reducida (PMR). Estas son las que nos encontramos en las calles de nuestra ciudad y en aparcamientos públicos pintadas de azul, así como en otros parkings privados. Cuentan con unas dimensiones específicas y con una señalización de una persona en silla de ruedas. Es debido a este símbolo que en ocasiones se produce un malentendido, pues muchas personas piensa que son plazas reservadas a personas que tienen problemas de discapacidad física, que van en silla de ruedas o se desplazan con muletas, andadores o bastón.
Pero no es así, pues también tienen derecho a usarlas aquellas personas que ven reducida su capacidad de moverse, ya sea por problemas motores o de otro tipo. Y es que la movilidad reducida es algo más que problemas físicos de movilidad, también implica el desplazamiento en sentido funcional: “Cuando te tienes que desplazar de un sitio a otro, no solamente tienes que tener la capacidad física de hacerlo, también la cognitiva”, asegura Ruth Vidriales, directora técnica de Autismo España.
La movilidad reducida
La definición de PMR dice que se trata de aquella “cuya movilidad está limitada debido a cualquier discapacidad física (sensorial o de locomoción, permanente o temporal) o mental, a su edad o a cualquier otra causa que necesite una atención especial y la adaptación a sus necesidades”.
Este derecho se reconoce en el momento de la valoración de la discapacidad y, aunque es el evaluador el que determinará si una persona tiene o no movilidad reducida, se debería valorar como personas como movilidad reducida a todas aquellas con una severa discapacidad visual y también a las que, aunque pueden deambular, presentan problemas de conducta de difícil control o con problemas de tipo cognitivo.
Dentro de estos criterios estarían, por ejemplo, aquellas personas que tienen enfermedades mentales asociadas a problemas de conducta, personas con discapacidad intelectual o muchas personas con autismo. Sin embargo, tal y como explica Vidriales, al no estar claro ““es el equipo de valoración de la discapacidad quien tiene que identificar que la persona en cuestión tiene esas necesidades y reconocerle el derecho a la tarjeta de aparcamiento”.
Unas dificultades que a veces cuestan identificar
No sólo a los ciudadanos de a pie les cuesta identificar que hay discapacidades invisibles, como pueden ser el autismo o la discapacidad intelectual, que pueden generar una reducción de la movilidad, también hay que diferentes criterios entre los equipos de valoración, lo que genera desigualdades. Algunos de ellos, como denuncia Vidriales, considera que se busca la tarjeta “por comodidad, porque les facilita la vida y no porque la necesiten, y no es así. No reconocerles el derecho a tener una tarjeta de aparcamiento es como no reconocer que tienen dificultades para poder desenvolverse en el entorno de la comunidad con la misma seguridad o la misma tranquilidad que pueden tener otras personas”.
Por ello, considera clave “hacer entender que, aunque físicamente se puedan moverse, muchas personas sí pueden tener muchas limitaciones de movilidad. Unas limitaciones que, en muchas ocasiones les obligan a quedarse en casa o a desplazarse solo en contextos muy limitados”.
Para Vidriales, “los equipos de valoración deberían saber que aunque una persona con autismo u otra discapacidad que implique problemas cognitivos físicamente pueda salir a la calle, puede que, por ejemplo, salga de casa y no sepa volver, no sepa orientarse, no reconozca elementos de la calle para poder desenvolverse con seguridad, como por ejemplo los semáforos, pasos de cebra…”. En definitiva, “esto reduce su capacidad de moverse”.