Confirmado: si sufres varias enfermedades limitantes, puedes conseguir la incapacidad permanente de esta manera

Solicitar una incapacidad permanente en España es un proceso que a menudo genera dudas, sobre todo cuando el trabajador no padece una única dolencia, sino varias que, en conjunto, afectan de forma significativa a su vida laboral. La respuesta a la pregunta del titular es bastante clara, y es que sí, es posible obtener la incapacidad si se sufre más de una enfermedad, siempre que estas, combinadas, limiten la capacidad para desarrollar la actividad profesional. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y el Tribunal Médico valoran el cuadro clínico en su totalidad, no solo la patología principal.

Esto significa que no es necesario que una sola enfermedad sea incapacitante por sí misma, ya que lo importante es demostrar que la suma de las dolencias y de sus secuelas sea lo que provoque una disminución sustancial en la capacidad laboral. Por eso, en muchos casos, presentar un historial médico que refleje varias patologías puede aumentar las posibilidades de que el INSS reconozca la incapacidad permanente, ya sea en grado total, absoluta o incluso de gran invalidez.

Cómo valora el INSS las enfermedades combinadas

Cuando se solicita una incapacidad permanente, los médicos que evalúan toda la situación del paciente realizan un análisis integral del estado de salud del mismo, lo cual es, básicamente, revisar todos los informes médicos y pruebas diagnósticas, valorando cómo interactúan las distintas patologías entre sí y cuál es su impacto en el desempeño profesional; aunque es importante señalar que solo se tendrán en cuenta aquellas dolencias que realmente influyan en la capacidad para trabajar.

Para entender todo lo que hemos mencionado antes, pongamos un ejemplo en el que un trabajador esté sufriendo una enfermedad neuromuscular degenerativa que limite su movilidad y, además, una cardiopatía crónica que le provoque fatiga severa. Si nos fijamos, en sí, ninguna de las dos enfermedades por separado podrían justificar una incapacidad, aunque en conjunto sí que lo hacen ya que afectan a la resistencia física del trabajador, además de que no podría realizar esfuerzos prolongados.

En este punto, la presentación de informes médicos actualizados y detallados es un punto muy importante, ya que estos deben describir las limitaciones funcionales que generan las enfermedades y cómo interfieren en las tareas habituales del puesto de trabajo. Tal y como señalan algunos expertos jurídicos, es fundamental no omitir ninguna patología, por pequeña que parezca, siempre y cuando esta afecte al rendimiento laboral.

Tipos de incapacidad que se pueden obtener

El reconocimiento de la incapacidad dependerá del grado de afectación:

  • La incapacidad permanente total impide realizar las tareas fundamentales del puesto habitual, pero permite desempeñar otras profesiones.
  • Por otro lado, la incapacidad permanente absoluta, imposibilita cualquier tipo de actividad laboral.
  • En el último punto encontramos la gran invalidez, que se da cuando, además de la imposibilidad para trabajar, la persona necesita ayuda para las actividades básicas de la vida diaria.

En muchos casos, los solicitantes presentan una enfermedad principal y otras patologías asociadas que, juntas, refuerzan la solicitud. Por ejemplo, problemas de espalda crónicos sumados a trastornos de ansiedad o depresión pueden derivar en una incapacidad reconocida, siempre que se acredite su impacto laboral.

Qué papel debe tomar la vía judicial

En caso de que se haya denegado la solicitud por parte del INSS, siempre se puede acudir a la vía judicial en caso de que no estemos de acuerdo con la decisión tomada, punto en que tendrá mucho que decir la jurisprudencia, ya que existen sentencias previas en las que podemos encontrar que se ha concedido la incapacidad por la combinación de varias enfermedades. En estos casos, los jueces serán los que valorarán los informes médicos, las declaraciones de los peritos y el historial laboral del afectado para decidir si se procede (o no) con el reconocimiento de la incapacidad.