El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Granada ha cambiado la vida de un vecino de la capital andaluza que tenía una deuda de 877.898,8 euros y que se acogió a la Ley de la Segunda Oportunidad tras avalar el negocio familia de sus padres, una residencia de ancianos que quebró tras la crisis económica que sacudió a España en 2008. El auto, dictado a primeros de este mes de mayo, reconoce que el hombre cumple con todos los requisitos legales para quedar libre del pago de la cantidad adeudada, que nunca contrajo en beneficio propio y sí como garante del proyecto empresarial de sus padres.
El hombre, que en momento de avalar a sus progenitores fue incluido como partícipe en la sociedad que formaban estos, quedó atrapado en una situación de insolvencia crónica cuando la empresa, residencia de ancianos, entró en proceso de liquidación. Desde entonces, y durante más de una década, ha estado sufriendo continuas reclamaciones judiciales y demandas de embargo por parte de entidades financieras. Su defensa, que ha estado en manos de los abogados de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, ha explicado que la resolución judicial se ha conseguido “en apenas tres meses desde que se inició el trámite”.
Un cambio radical en su vida, todo el negocio se vino abajo
A través de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, el beneficiario declaró que “la quiebra de la empresa de mis padres supuso un cambio radical en mi vida. Tenía planes de formar una familia, pero todo se vino abajo y las limitaciones económicas afectaron a mi día a día”.
Lo primero que hizo para encontrar una salida lo más beneficiosa posible al problema que tenía fue acudir a los profesionales especializados de la Asociación: “En cuanto comenzaron las reclamaciones buscamos una solución legal que permitiera proteger al avalista. Y la encontramos en la Ley de Segunda Oportunidad”, declaró el abogado que ha llevado el caso, Pepe Domínguez.
Dicha normativa, en vigor desde el año 2015, permite a personas físicas insolventes librarse de sus deudas siempre que cumplan una serie de requisitos:
- Actuar de buena fe.
- No haber cometido delitos socioeconómicos.
- Haber intentado un acuerdo extrajudicial de pagos.
En este caso concreto, el afectado también demostró que no tenía ingresos estables ni bienes con los que poder hacer frente a la deuda y que no era el causante directo de la misma.
La suspensión de embargos y el alivio psicológico
Desde el primer momento del procedimiento, el juez decretó la suspensión de los intereses de demora y paralizó un embargo que estaba a punto de ejecutarse sobre su nómina. Ese alivio inmediato es una de las ventajas que menos se conocen, pero de las más valiosas de este mecanismo legal. Conseguido esto, “la mejora anímica del interesado fue casi inmediata”, aseguró su abogado.
Además, se acreditó ante la justicia que esta persona carecía de antecedentes penales y se presentaron las tres últimas Declaraciones de la Renta, como exige la normativa. Así, resolución judicial dejó sin efecto cualquier derecho de cobro por parte de los acreedores y la persona exonerada no podrá ser incluida en registros de morosos.
Empezar de cero
Desde la Asociación de Ayuda al Endeudamiento comentaron que “este auto también permite a persona que admite su equivocación, o que fue arrastrada por decisiones familiares, empezar de cero. De no ser así, jamás hubiera podido levantar cabeza y hubiese estado abocada a la economía sumergida para poder sobrevivir, impidiendo cualquier tipo de inversión o crecimiento personal”.
Por casos como este muchos ven la Ley de la Segunda Oportunidad como una vía eficaz y rápida para reestructurar la vida de quienes se ven atrapados por deudas imposibles de asumir.