El Tribunal Supremo ha concedido recientemente a un mujer el derecho a percibir la pensión de viudedad a pesar de tener otra pareja de hecho tras el fallecimiento del primero. En un primer momento, la Seguridad Social le había rechazado la petición, pero, sin embargo, desde el Alto Tribunal se consideró que el periodo de tiempo desde que ella formalizó su unión con su pareja de hecho en el registro era inferior al establecido por ley. La convivencia con su nueva pareja duró sólo cuatro años y once meses, un tiempo inferior al mínimo legal exigido.
El derecho a una pensión de viudedad
La pensión de viudedad es una prestación de carácter económico que se otorga, de manera periódica, desde la Seguridad Social a una persona viuda o pareja de hecho de un fallecido. Se hace con la idea de brindar apoyo financiero y evitar su desprotección económica tras la pérdida. Con ella se busca cubrir las necesidades básicas del beneficiario, sobre todo si dependía económicamente del fallecido.
Los requisitos para poder acceder al cobro de una pensión de viudedad
Para que una persona pueda generar derecho a una pensión de viudedad a su pareja en caso de fallecimiento, debe acreditar un período mínimo de cotización que varía según la situación laboral del fallecido y la causa de su muerte.
Así, su la persona fallecida estaba en alta o en situación asimilada de alta, debe reunir 500 días en los últimos cinco años anteriores al fallecimiento si la razón del mismo es por enfermedad común. Si el fallecimiento es consecuencia de un accidente, ya sea considerado laboral o no, o por una enfermedad profesional, no se exige un periodo previo de cotización.
Por otro lado, las personas que en el momento de su muerte no se encontraban en situación de alta, el periodo de cotización debe ser de 15 años contando toda su vida laboral. En el caso de los pensionistas no se exige un periodo de cotización mínimo.
El momento en el que se extingue la pensión de viudedad
En nuestro país, la pensión de viudedad se extingue cuando la persona viuda forma una pareja de hecho o contrae un nuevo matrimonio. En el primer caso, se retirar cuando la pareja que ha formalizado su unión en el registro alcanza un periodo de convivencia ininterrumpido, como mínimo, de cinco años.
En el caso de la mujer protagonista de la noticia, la convivencia con su nueva pareja duró únicamente cuatro años y once meses, un periodo inferior a los cinco establecidos.
Las pensiones de viudedad en 2025
En este año, las pensiones de viudedad se incrementaron un 2,8% en línea con el IPC, lo que equivale a 1.260 euros al mes en 14 pagas.
Las pensiones de viudedad con cargas familiares subieron un 9,1% este año, es decir, un 0,1% más que las pensiones no contributivas y el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Por cuantía, la pensión mínima en el caso de viudedad es de 662,50 y 1.127,60 euros al mes en función de la edad y de las cargas familiares, mientras que la máxima alcanza los 3.267 euros al mes.
Cómo se solicita la pensión de viudedad
Para poder solicitar la pensión de viudedad es necesario acudir a la Dirección Provincial del Instituto Nacional de Seguridad Social del lugar que corresponda a cada persona y presentar el formulario oficial, que se encuentra disponible en la Sede Electrónica de la Seguridad Social. También es obligatorio presentar los documentos correspondientes que acompañan al formulario de solicitud de la pensión de viudedad.