En este artículo vamos a ver los tipos de ayudas para mayores de 45 años, con o sin cargas familiares, requisitos y cuantías.
Todas las personas mayores de 45 años y que hayan perdido su empleo de forma involuntaria o hayan agotado la prestación contributiva, podrán recibir las ayudas para mayores de 45 años.
Ayudas para los mayores de 45 años
A continuación trataremos las ayudas a las que se pueden acoger los mayores de 45 años.
Renta activa de inserción (RAI)
Esta ayuda está dirigida a que se ofrece una vez se han agotado prestaciones o subsidios a los mayores de 45 años.
Los requisitos para acceder a esta ayuda son los siguientes:
- Haber agotado las prestaciones a las que tenías derecho
- Tener más de 45 años
- Acreditar ante el SEPE la realización de, al menos, tres acciones de búsqueda activa de empleo
La cuantía de esta ayuda son 480 euros mensuales.
Ayudas para mayores de 45 años sin cargas familiares
Estas ayudas están dirigidas a las personas trabajadoras que han agotado su prestación contributiva de desempleo, tienen 45 o más años y sin responsabilidades familiares a su cargo.
Los requisitos son los siguientes:
- Estar inscritos como demandantes de empleo durante al menos un mes desde el agotamiento de la prestación
- No haber rechazado una oferta de colocación adecuada
- Suscribir un compromiso de actividad
La cuantía de estas ayudas son 480 euros mensuales.
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Ayuda familiar
La “ayuda familiar” es un subsidio de 480 euros al mes que se concede a los parados con responsabilidades familiares, que carecen de rentas y han agotado la prestación por desempleo o bien no pueden cobrar porque tienen cotizaciones superiores a tres meses, pero no llegan al año necesario. A esta ayuda familiar pueden optar los mayores de 45 años.
Los requisitos para acceder a la ayuda familiar son los siguientes:
- Haber agotado el paro (la prestación contributiva por desempleo)
- Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo al menos durante un mes desde que se terminó la prestación contributiva
- Tener responsabilidades familiares
- No tener rentas que sean superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional
Subsidio para mayores de 52 años
Esta ayuda se puede cobrar hasta alcanzar la edad ordinaria para tener derecho a cobrar una pensión de jubilación.
Los requisitos para acceder a este subsidio son los siguientes:
- Estar en paro.
- Agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo.
- Suscribir un compromiso de actividad.
La cuantía de esta ayuda son 480 euros mensuales.