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Si tu empresa te ha despedido y quieres saber cuál es la indemnización por despido que te corresponde, hoy te voy a dar todas las claves.
En este artículo te voy a contar qué hay que tener en cuenta para calcular la indemnización por despido y te mostraré algunos ejemplos prácticos para que por fin puedas entenderlo. Sigue leyendo, porque estoy segura de que te interesa.
¿Qué hay que tener en cuenta para calcular la indemnización por despido?
Son tres las variables que intervienen en el cálculo de la indemnización por despido:
- Salario diario
- Antigüedad del trabajador en la empresa
- Tipo de despido
Vamos a ver cada una de ellas por separado.
Salario diario
El salario diario es el primer paso a la hora de calcular la indemnización por despido.
En este caso, tienes que calcular el salario anual, con la suma de los salarios brutos de los últimos 12 meses, incluidas las pagas extraordinarias. El resultado lo dividiremos entre los días que tiene el año, que a efectos laborales son 360, (no 365 como tiene el año natural).
Vamos a poner un ejemplo:
Malena tiene un salario mensual de 1.300€ brutos, más dos pagas extraordinarias de 1.000 € cada una. Lo calculamos:
Salario: 1.200 x 12 =15.600 €
Pagas extraordinarias: 1.000 x 2= 2.000 €
Salario anual: 17.600 €
Salario diario: 17.600/360 = 48,88 euros
Antigüedad en la empresa
Continuamos con el ejemplo anterior:
Malena tiene una antigüedad en la empresa desde el 2 de abril de 2010. El despido tiene fecha de efectos del 30 de octubre de 2020. Por lo tanto, Malena ha estado trabajando en la empresa 10 años y algunos meses. Es decir:
-
Del 2 abril de 2010 al 2 de abril de 2020 + 6 meses. Para tener en cuenta el tiempo trabajado correspondiente a esos meses que no alcanzan el año, debemos calcular cuántos días han sido. Desde el 2 de abril de 2020 al 30 de octubre de 2020 han transcurrido 211 días, lo que supone el 0,59 del año (211/360).
Malena tiene una antigüedad en la empresa de 10,59 años.
Tipo de despido
Despido objetivo: por causas no imputables al trabajador.
En este caso, la indemnización será equivalente a 20 días de salario por año trabajado, con un tope máximo de 12 meses de salario.
Sigamos con el ejemplo:
Malena ha sido despedida por causas económicas. La empresa le informa que se ha visto obligada a amortizar su puesto de trabajo y que le pone a su disposición la indemnización equivalente a 20 días por año trabajado. Calculamos:
48,88 € (salario diario) x 20 días por año trabajado x 10,59 (años de antigüedad) = 10.352,78 euros. |
Despido disciplinario: si el despido ha sido disciplinario el trabajador lo impugna, la indemnización será la prevista para el despido improcedente, esto es:
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De 45 días de salario por año trabajado hasta el 12 de febrero de 2012, con un tope máximo de 42 mensualidades y a partir de esa fecha, de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
Seguimos con el ejemplo:
Malena tiene una antigüedad en la empresa desde el 2 de abril de 2010. Necesitamos este dato, ya que el día 12 de febrero de 2012, fecha en la que entró en vigor un cambio legislativo, supone un cambio en el cómputo de la indemnización. Por tanto, tendremos dos periodos, el primero desde el inicio de la relación laboral hasta el 12 de febrero de 2012 y, el segundo, desde el 12 de febrero de 2012 hasta el 30 de octubre de 2020.
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Antes del 12 de febrero de 2012: Desde el 2 de abril de 2010, ha transcurrido 1 año completo y 316 días, es decir, 1,88 años (1 + (316/360)). En esta primera fase, se prevén 45 días de salario por año trabajado. Por tanto, en esta primera fase el importe es el siguiente: 48,88 x 45 x 1,88 = 4.135,25 euros.
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Después del 12 de febrero de 2012, hasta el 30 de octubre de 2020: han pasado 8 años y 261 días, es decir, 8,73 años (3 + (261/360)). La indemnización correspondiente a la segunda fase, con 33 días de salario por año trabajado, es la siguiente: 48,88 x 33 x 8.73 = 14.081,84 euros.
Por tanto, la indemnización total es la suma de las dos fases, 18.217,09 euros.