Es un gesto muy habitual, pero esto no quiere decir que esté permitido. Hablamos de llegar a una gasolinera y llenar el combustible por nuestra cuenta, cuando está prohibido el autoservicio o no se respetan las normas básicas de seguridad. La sanción puede alcanzar los 100 euros, una cantidad importante por una acción totalmente evitable. La clave para no caer en ella, estar quietos y antes de dar un paso saber en qué tipo de estación estamos y, si podemos repostar por nosotros mismos, actuar con total prudencia.
Un usuario está autorizado a manejar el surtidor sin asistencia directa en las gasolineras catalogadas como autoservicio, siempre siguiendo las instrucciones del establecimiento. Por el contrario, en las que no son de autoservicio, la acción del repostaje corresponde siempre al persona autorizado: si lo hace el conductor sin supervisión y sin cumplir las medidas de seguridad, éste se expone a la sanción económica citada, 100 euros.
¿Cómo se sabe si una estación es de autoservicio?
Normalmente, si una estación es de autoservicio o no, queda indicado en la propia instalación con carteles visibles y procedimientos claros. Además, cuando no hay personal, la seguridad manda: motor, luces, sistemas eléctricos y teléfono móvil deben permanecer apagados.
Las diferencias entre unas gasolineras y otras son:
- Se puede repostar siguiendo las instrucciones del establecimiento. No habrá sanción si se cumplen las normas y para ello hay que atender a los carteles y medidas de seguridad.
- No hay autoservicio. No se puede repostar salvo ausencia de personal y siempre cumpliendo con las medidas. Si no, la sanción puede ser de 100 euros. Si se tuviese que repostar, con el motor, las luces y el sistemas eléctricos apagados, además de no usar dispositivos móviles.
Recogido en la normativa
Las condiciones para el repostaje individual están presentes en el Real Decreto 706/2017, que aprueba la Instrucción Técnica Complementaria MI-IP 04. Esta normativa admite el autoservicio en estaciones desatendidas bajo determinadas condiciones de seguridad, entre las que se encuentran que exista un cartel visible con instrucciones de funcionamiento, tratamiento de incidencias y actuación en caso de emergencia.
Por lo tanto, la normativa distingue con precisión: allá donde hay autoservicio regulado se puede repostar siguiendo las indicaciones; donde no, el repostaje corresponde al personal. De ahí que la sanción sólo se aplique en las estaciones no clasificadas como autoservicio y cuando, además, se ignoran las medidas de seguridad.
¿Qué ocurre si en una estación no hay personal?
Lo primero de todo, la seguridad. Si se permite el autoservicio hay que seguir las instrucciones específicas fijadas por el establecimiento. Si no está homologada como autoservicio, busca asistencia. Los pasos a seguir para evitar multas y repostar con seguridad son los siguientes:
- Comprobar si la estación está clasificada como autoservicio mediante la señalización del establecimiento.
- Si no hay personal, nos tenemos que asegurar que el motor, las luces y los sistemas eléctricos estén apagados y guarda el teléfono móvil.
- Lee el cartel de instrucciones de uso, incidencias y emergencias antes de comenzar.
- En estaciones de autoservicio, solicita la ayuda del persona para operar el surtidor.
Cumpliendo con estos pases se reducen los riesgos y, además, se evitan sanciones. Añadir que actuar con calma y revisar la señalización te ahorrará sorpresas desagradables.
La DGT y la responsabilidad de las gasolineras
La Dirección General de Tráfico (DGT) está obligada a velar por el cumplimento del Reglamento de Circulación y puede imponer multas cuando no se reposta de forma indebida cuando el autoservicio no está habilitado o se incumplen medidas de seguridad. En cuanto a las gasolineras, deben informar con claridad y el cartel con las instrucciones debe estar en un lugar visible y ser inteligible para el usuario.